La convivencia entre vecinos en Chile ha sido históricamente una fuente de conflictos que, en muchos casos, terminan resolviéndose en tribunales.
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La convivencia entre vecinos en Chile ha sido históricamente una fuente de conflictos que, en muchos casos, terminan resolviéndose en tribunales.
Durante el 2024, diversas disputas relacionadas con el uso de espacios comunes, derechos de acceso y límites de propiedad llegaron a instancias judiciales y marcaron precedentes importantes en la interpretación de las normativas vigentes.
Desde zanjas para bloquear caminos hasta peleas por mallas de seguridad en balcones, estos casos no solo reflejan las tensiones cotidianas en comunidades, sino también el rol clave de los tribunales para garantizar derechos fundamentales.
En un condominio en Santiago, un residente instaló una malla de seguridad en su balcón para proteger a su hijo pequeño de posibles caídas.
Sin embargo, la administración del edificio lo multó con 3 UF ($115.198), argumentando que la malla afectaba la estética del lugar.
Tras una batalla legal, la Corte Suprema revocó la multa y permitió mantener la malla, señalando que la seguridad de un menor prevalece sobre la estética.
El fallo indicó que el reglamento del condominio no prohíbe expresamente este tipo de instalaciones y que la medida tenía un fin legítimo.
En Pupuya, un vecino cavó una zanja para bloquear el acceso a una playa frecuentada por pescadores y turistas. Dos mujeres incluso cayeron en el hoyo mientras intentaban cruzar.
El caso llegó a la Corte de Apelaciones de Rancagua, que determinó que el bloqueo era ilegal, ya que impedía el acceso a un espacio de uso público.
La Corte ordenó retirar la zanja y garantizar el paso libre hacia la playa.
En Mariquina, un vecino derribó un cerco que delimitaba su terreno con el de una pareja residente en España.
Al reconstruirlo, invadió 429 metros cuadrados de la propiedad vecina. La Corte Suprema ordenó restituir el cerco en su ubicación original, señalando que los conflictos limítrofes deben resolverse en tribunales y no mediante acciones unilaterales.
En Antofagasta, dos residentes de un condominio acumularon multas por más de 5 millones de pesos debido a la tenencia de mascotas, algo prohibido por el reglamento interno.
Tras recurrir a la Corte Suprema, el tribunal determinó que las multas eran ilegales, ya que iban en contra de la Ley de Tenencia Responsable de Mascotas.
El condominio fue obligado a devolver los montos cobrados.
En Santiago, una estilista arrendó un local comercial, pero su arrendador cambió los candados sin previo aviso, dejándola sin acceso a sus herramientas de trabajo.
La Corte de Apelaciones ordenó restituir el acceso al local, señalando que el arrendador no tenía derecho a actuar unilateralmente y que cualquier conflicto debía resolverse judicialmente.
En Freire, un vecino instaló un portón con candado para bloquear un camino utilizado durante más de 50 años por otras familias.
La Corte Suprema ordenó retirar el portón, argumentando que el cierre constituía un acto ilegal de autotutela. El fallo destacó que las disputas sobre el uso de caminos deben resolverse en tribunales.
En Lota, un jubilado enfrentó una orden de demolición de las ventanas de su casa por no respetar la distancia mínima con la propiedad vecina.
La Corte Suprema respaldó la orden municipal, señalando que el propietario había tenido tiempo suficiente para regularizar la situación.
En un pasaje de Quinta Normal, los vecinos denunciaron a una residente que organizaba fiestas con ruidos excesivos, amenazas y disturbios.
Aunque la Corte de Apelaciones rechazó inicialmente el recurso, la Corte Suprema ordenó revisar el caso, señalando que los hechos denunciados podían vulnerar derechos fundamentales.
En Pozo Almonte, un vecino bloqueó con una barricada un camino de 1,6 kilómetros que otros residentes utilizaban para llegar a sus hogares.
La Corte Suprema ordenó reabrir el camino y otorgó un plazo de un año para regularizar legalmente el acceso.