Instaló portón y cerró pasaje con candado: Vecinos recurrieron a tribunales y Corte ordenó quitarlo
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Instaló portón y cerró pasaje con candado: Vecinos recurrieron a tribunales y Corte ordenó quitarlo

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 11.10.2024
La Corte Suprema ordenó reabrir un camino vecinal bloqueado por un vecino, tras determinar que el cierre con un cerco y candado afectó ilegalmente el libre acceso de una familia que utilizaba ese paso por más de 50 años.

Un hombre y su madre habían utilizado un camino vecinal durante más de 50 años para acceder a su propiedad en la comuna de Freire.

Todo cambió cuando su vecino decidió instalar un cerco metálico y cerrar el portón con candado, bloqueando el paso y dejándolos sin acceso a sus predios.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, esto afectó gravemente a la vida cotidiana de ambos, especialmente a la mujer, de más de 90 años, quien dependía de ese camino para cualquier necesidad, incluso situaciones de emergencia.

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Frente a esta situación, los afectados presentaron un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Temuco, solicitando que se les restituyera el acceso al camino.

No obstante, la Corte rechazó la solicitud, señalando que el recurso de protección no era la vía adecuada para resolver el conflicto, ya que requería un juicio más extenso para determinar si los vecinos tenían derecho a utilizar el camino bloqueado.

Inconformes con el fallo, los recurrentes llevaron su caso a la Corte Suprema. El máximo tribunal revocó la decisión de la Corte de Temuco, argumentando que el hombre que instaló el portón había actuado de manera ilegal al bloquear el acceso sin seguir los procedimientos legales establecidos.

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La Corte consideró que la instalación del cerco y el candado era un acto de "autotutela", es decir, que el vecino había tomado la justicia por sus propias manos, lo cual está prohibido por la ley.

La Corte Suprema ordenó restituir el libre tránsito por el camino y permitir que los vecinos pudieran desplazarse libremente hacia y desde sus predios.

Además, enfatizó que cualquier disputa sobre la propiedad del camino debía resolverse a través de los canales judiciales correspondientes, sin recurrir a medidas unilaterales que alteraran el estado anterior.

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