miércoles 08 de abril de 2026
Judicial

Presidenta de sindicato renunció y retuvo dinero, claves, tarjetas y documentos: Corte ordena restituir en 48 horas

Corte de Apelaciones de Concepción ordenó restituir en 48 horas bienes y claves retenidas por exdirigenta sindical, tras acoger recurso por actuación ilegal.

8 de abril de 2026 - 18:00

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección y ordenó la restitución inmediata de bienes y fondos de un sindicato, tras constatar que una exdirigenta mantuvo su control pese a haber renunciado al cargo, afectando el funcionamiento de la organización.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el caso se originó luego de que la actual directora en ejercicio del Sindicato N°2 de Trabajadores de la Empresa Marina del Sol de Talcahuano denunciara que la ex presidenta, tras renunciar el 28 de enero de 2026, retuvo documentación oficial, claves bancarias, tarjetas, un computador institucional y fondos depositados en la cuenta corriente de la organización.

Según se expuso en la acción judicial, esta situación impedía el normal funcionamiento del sindicato, especialmente en medio de un conflicto laboral en curso, ya que dificultaba el acceso a recursos necesarios para financiar asesorías y ejercer la defensa de los trabajadores.

La exdirigenta, en su defensa, reconoció que mantenía bajo su poder los bienes, pero aseguró que se trataba de una custodia transitoria, justificada por la falta de claridad sobre quién debía recibirlos tras la anulación parcial del directorio por parte del Tribunal Electoral Regional.

Sin embargo, el tribunal descartó estos argumentos y estableció que, al cesar en sus funciones, la recurrida perdió toda facultad para administrar o retener bienes pertenecientes al sindicato, calificando su actuar como una forma de autotutela prohibida por el ordenamiento jurídico.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

En esa línea, la Corte concluyó que la conducta fue ilegal y arbitraria, ya que la exdirigenta decidió por sí misma las condiciones para restituir bienes que no le pertenecían, afectando directamente el derecho de propiedad de la organización.

El fallo también rechazó la alegación de falta de legitimación activa de la directora que presentó el recurso, señalando que su calidad de dirigente se mantenía vigente y que estaba habilitada para representar al sindicato en un escenario de directorio desintegrado.

Finalmente, la Corte ordenó la restitución total de la documentación, claves, tarjetas, fondos y demás bienes sindicales, fijando un plazo máximo de 48 horas desde que la sentencia quede firme para concretar la entrega, con el fin de restablecer el funcionamiento de la organización.

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