Un estudiante quedó sin colegio tras ser agredido verbalmente por la dueña de su establecimiento, lo que motivó un recurso revisado por la Corte de Apelaciones de Arica para asegurar su continuidad educativa ante la falta de matrícula en el sistema.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, frente a esta situación, se presentó una acción de protección para exigir la asignación de un cupo excepcional, ya que el adolescente no contaba con establecimiento educacional asignado dentro del Sistema de Admisión Escolar.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
El caso fue analizado por la Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Juana Ríos, Héctor Gutiérrez y el abogado (i) Carlos Ruiz, quienes resolvieron de forma unánime acoger el recurso.
En la sentencia, la Corte sostuvo que “el acto ilegal y arbitrario denunciado consiste en la imposibilidad de obtener (…) una asignación de matrícula excepcional”, dando cuenta de la situación en que se encontraba el estudiante.
El fallo también consideró el informe de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de Arica y Parinacota, que señaló que no existía inconveniente en gestionar un cupo extraordinario ante el escenario del adolescente, quien se encontraba sin establecimiento.
Según se indica en la resolución, la autoridad educacional “se allana a la pretensión de la recurrente”, reconociendo la necesidad de dar una respuesta frente a la situación excepcional.
El tribunal recalcó que debía primar el interés superior del niño, señalando que este principio era clave para resolver el caso y garantizar el derecho a la educación del estudiante.
Por ello, la Corte de Apelaciones de Arica ordenó a la Secretaría Regional Ministerial de Educación asignar una matrícula extraordinaria en uno de los establecimientos señalados por la recurrente, dentro del plazo de 15 días.