Un profesor de más de 80 años quedó fuera del primer pago de la reparación por la deuda histórica docente debido a una causa judicial que no tenía relación con ese beneficio. Tras meses sin respuesta, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso y ordenó al Ministerio de Educación resolver su solicitud.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el afectado, egresado de la Escuela Normal de Chillán en 1961 y retirado en 2010 como director del Liceo de Cabrero, postuló el 1 de abril de 2025 al aporte único de $4,5 millones creado por la Ley N°21.728 para los docentes perjudicados por la denominada deuda histórica.
Aunque cumplió con los requisitos exigidos por la normativa, su postulación permaneció durante meses con el estado “en proceso”.
El Ministerio de Educación sostuvo que existía una causa judicial que debía revisar para determinar si guardaba relación con reclamaciones vinculadas a la deuda histórica.
La situación impidió que el docente fuera incluido en el primer grupo de beneficiarios que recibió pagos en octubre de 2025, proceso destinado a profesores mayores de 80 años.
Durante la tramitación del recurso, el Ministerio reconoció que la solicitud seguía pendiente debido al análisis de una causa del Segundo Juzgado de Letras de Chillán.
Sin embargo, una certificación ordenada por la propia Corte estableció que ese juicio correspondía al cobro de una patente comercial por $99.035 iniciado por la Municipalidad de Chillán en 2017, asunto completamente ajeno a la deuda histórica docente.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
El tribunal concluyó que la prolongada demora en resolver la postulación constituía una actuación arbitraria. En el fallo, indicó que el Ministerio no podía justificar una tramitación tan extensa por la falta de antecedentes de un expediente que, además de estar archivado, no tenía relación con el beneficio solicitado.
Por ello, la Corte estimó vulnerada la garantía constitucional de igualdad ante la ley y acogió la acción de protección. La sentencia ordenó al Ministerio de Educación pronunciarse sobre la solicitud presentada por el profesor dentro de un plazo máximo de cinco días desde que el fallo quede firme.