viernes 10 de abril de 2026
Judicial

Migraciones le mantuvo solicitud de nacionalización sin resolver por más de un año: Corte ordena agilizar trámite en 90 días

La Corte de Apelaciones de Rancagua consideró ilegal la demora y ordenó avanzar el proceso hasta remitirlo al Ministerio del Interior dentro de plazo.

10 de abril de 2026 - 18:00

Un ciudadano extranjero llevaba más de un año esperando respuesta a su solicitud de nacionalización en Chile, pese a haber cumplido con los requisitos y contar con residencia definitiva. La Corte de Apelaciones de Rancagua revisó el caso y concluyó que la demora de la autoridad fue injustificada.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la solicitud fue ingresada en febrero de 2025 y, hasta inicios de 2026, seguía sin una resolución definitiva.

Durante todo ese tiempo, el trámite permaneció en una etapa inicial, sin que se emitiera la orden de giro ni se avanzara hacia el decreto necesario para la carta de nacionalización.

La autoridad recurrida sostuvo que el proceso seguía en curso y que no existía ilegalidad, explicando que la nacionalización es un procedimiento complejo que involucra a distintos organismos del Estado. También indicó que el solicitante mantenía su situación migratoria regular mientras el trámite seguía pendiente.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

Sin embargo, la Corte centró su análisis en el tiempo transcurrido sin avances concretos. El fallo señaló que la administración está obligada a impulsar los procedimientos y resolverlos dentro de un plazo razonable, aplicando principios como celeridad, economía procesal y obligación de dictar una resolución.

En ese sentido, el tribunal estableció que mantener la solicitud en etapa de “primer análisis” por más de un año constituye una demora excesiva. “Ha dilatado la decisión respecto de la solicitud”, indica la sentencia al cuestionar el actuar del servicio.

Además, se concluyó que esta situación genera una diferencia injustificada frente a otras personas en condiciones similares, afectando el derecho a la igualdad ante la ley.

Por estos motivos, la Corte acogió el recurso de protección y ordenó al Servicio Nacional de Migraciones avanzar en el procedimiento, estableciendo que en un plazo de 90 días hábiles se deben realizar las gestiones necesarias para remitir la solicitud al Ministerio del Interior y así continuar su tramitación.

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