Una copropietaria fue expulsada del edificio donde posee la mitad de un departamento y los vecinos recibieron instrucciones para denunciarla si intentaba ingresar. La Corte de Apelaciones de Santiago declaró ilegal la medida adoptada por la administración del condominio y ordenó dejarla sin efecto de inmediato.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la controversia surgió luego de que la administradora de un condominio en la comuna de Las Condes, difundiera un comunicado prohibiendo de manera indefinida el ingreso de la mujer al edificio.
En el mismo documento se indicó a los residentes que debían avisar a Carabineros si ella intentaba acceder al inmueble.
La administración justificó la decisión señalando que durante diciembre de 2025 ocurrieron diversos incidentes atribuidos a la copropietaria, entre ellos ruidos molestos, daños en la puerta del departamento, ingresos durante la madrugada y conflictos con el otro dueño del inmueble, quien además es su expareja.
También sostuvo que la medida buscaba resguardar la seguridad y tranquilidad de la comunidad.
La afectada recurrió a la justicia argumentando que era propietaria del 50% del departamento, además de una bodega y un estacionamiento, por lo que impedirle el ingreso vulneraba su derecho de propiedad. Añadió que ninguna autoridad judicial había decretado una prohibición de esa naturaleza.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
Al revisar los antecedentes, la Corte estableció que no existía una sentencia dictada por un tribunal que autorizara restringir el acceso de la copropietaria al edificio.
Agregó que los conflictos entre copropietarios deben ser resueltos por los Juzgados de Policía Local o, según corresponda, por la justicia penal, pero no por decisión unilateral de la administración del condominio.
El fallo fue categórico al señalar que "en caso alguno corresponde que la administración del edificio decida y establezca una prohibición de ingreso a un copropietario a su inmueble", concluyendo que la medida era contraria al ordenamiento jurídico.
La Corte también sostuvo que la decisión vulneró el derecho de propiedad de la recurrente y calificó la actuación de la administradora como ilegal y arbitraria, al carecer de fundamento legal para impedirle el acceso a un bien del cual es copropietaria.
Por ello, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección y ordenó a Gaudí Administraciones dejar sin efecto de inmediato la prohibición de ingreso al edificio, así como al departamento, la bodega y el estacionamiento de propiedad de la afectada.