Un bodeguero y operador de grúa se negó a firmar una carta de renuncia que, según relató, le pidió su jefatura y ese mismo día fue despedido verbalmente. El Juzgado de Letras de Colina acreditó su versión, declaró injustificado el despido y condenó a la empresa Serper Ltda. a pagarle más de $4,8 millones.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el trabajador prestaba servicios desde mayo de 2022 y tenía contrato indefinido.
El conflicto comenzó en febrero de 2025, cuando una supervisora le encargó armar pallets con cajas de donas mientras terminaba otra tarea. Él respondió que podía realizar el nuevo trabajo al día siguiente porque, según explicó, no era urgente.
Al día siguiente fue citado por un jefe debido al problema. Según su versión, posteriormente le comunicaron que Recursos Humanos había indicado que debía presentar una carta de renuncia, pero se negó. Al finalizar la jornada del 13 de febrero volvió a rechazar esa opción y su jefe le informó que estaba despedido.
La empresa negó ese relato. Afirmó que el trabajador quería negociar su salida y sostuvo que el vínculo laboral terminó el 18 de febrero por inasistencias injustificadas durante los días 14, 15, 17 y 18. Incluso emitió una carta invocando esa causal.
¿Qué decidió el Juzgado de Letras de Colina?
Sin embargo, la jueza María Paz Rodríguez Maluenda consideró acreditada la versión del trabajador. Entre los antecedentes tuvo en cuenta que el 14 de febrero, apenas un día después del despido que denunció, presentó un reclamo ante la Inspección del Trabajo.
También analizó las declaraciones de las supervisoras y las inconsistencias respecto de lo ocurrido después de la reunión con la jefatura.
El tribunal concluyó que, conforme a la prueba, las reglas de la sana crítica y el principio de realidad, debía tenerse por cierto que el despido ocurrió verbalmente y “sin expresión de causa” el 13 de febrero, descartando la versión de la empresa.
El Juzgado de Letras de Colina ordenó pagar $875.110 por aviso previo, $2.625.330 por tres años de servicio, $1.312.665 por recargo legal y $58.340 por feriado proporcional: en total, $4.871.445, más los reajustes e intereses correspondientes.