
Falta de documentación: ¿Por qué expulsiones de migrantes previas a sus residencias definitivas son revocadas por Suprema?
Una ciudadana haitiana que ha vivido en Chile por más de cinco años, enfrentó una orden de abandono del país en diciembre de 2024 tras el rechazo de su solicitud de residencia definitiva.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la decisión fue tomada por el Servicio Nacional de Migraciones, argumentando que la mujer no presentó dos documentos exigidos por la ley: su certificado de antecedentes penales del país de origen, debidamente apostillado o legalizado, y el comprobante de pago de una multa por residencia irregular.
El problema comenzó cuando la ciudadana haitiana solicitó la permanencia definitiva en marzo de 2022, después de haber residido legalmente en Chile con una visa temporaria.
En octubre de 2023, Migraciones le informó que su trámite no podía avanzar sin la entrega de los documentos requeridos y le otorgó un plazo de 60 días para subsanarlo.
Sin embargo, la mujer no pudo cumplir con este requisito dentro del plazo establecido, en gran parte debido a la crisis política y social en Haití, que dificultaba la obtención de documentos oficiales.
A pesar de que la multa ya había sido pagada, nunca logró presentar el certificado de antecedentes con las formalidades exigidas.
El 16 de diciembre de 2024, el Servicio Nacional de Migraciones rechazó su solicitud de residencia definitiva y ordenando que abandonara Chile en un plazo de 10 días. Si no cumplía con esta orden voluntaria, podría ser expulsada.
Frente a esta situación, su abogado, Tomás Guillermo Matheson Mujica, presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago, argumentando que la decisión era arbitraria y desproporcionada.
En su presentación, indicó que la administración migratoria había ignorado la crisis en Haití y que, conforme al artículo 91 inciso 5° de la Ley N°21.325 de Migraciones, se le debió otorgar al menos una residencia temporal en lugar de ordenar su salida del país.
No obstante, la Corte de Apelaciones rechazó el recurso el 13 de febrero de 2025, lo que llevó el caso hasta la Corte Suprema.
La decisión de la Corte Suprema
El 28 de febrero de 2025, la Segunda Sala de la Corte Suprema, integrada por las ministras María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo, Jessica González, el ministro suplente Roberto Contreras y el abogado integrante Juan Carlos Ferrada, revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones y acogió el recurso de amparo en favor de la ciudadana haitiana.
El tribunal determinó que la actuación de Migraciones había sido arbitraria e ilegal, principalmente porque la administración tenía la obligación de garantizar un procedimiento racional y justo.
En este sentido, la Corte Suprema citó el artículo 7 de la Ley N°21.325, que establece que el Estado debe promover que los extranjeros cuenten con los permisos de residencia o permanencia necesarios para desarrollar su vida en Chile.
En su resolución, el máximo tribunal también destacó que la orden de expulsión no había considerado las dificultades reales que enfrentaba la mujer para obtener sus antecedentes penales desde Haití.
“No es posible pasar por alto las graves consecuencias que conlleva para la amparada la decisión impuesta por la administración, teniendo especialmente en consideración la grave crisis política e institucional que atraviesa el país de origen de aquella y que repercute negativa y directamente en la celeridad en la obtención de documentación oficial”, señala el fallo.
Asimismo, la Corte recalcó que la mujer ha vivido en Chile por más de cinco años y que la administración nunca hizo referencia a que haya cometido algún delito en el país.
Según el tribunal, la decisión de Migraciones fue desproporcionada a la luz de los antecedentes acreditados, ya que en lugar de rechazar su solicitud y ordenar su salida, se le debió otorgar un plazo adecuado para presentar la documentación faltante.
Continuidad del proceso migratorio
Con esta decisión, la Corte Suprema dejó sin efecto la expulsión y ordenó que el Servicio Nacional de Migraciones continúe con el procedimiento administrativo.
Además, el tribunal determinó que se le debe otorgar a la ciudadana haitiana un plazo de al menos 90 días para presentar el certificado de antecedentes penales legalizado y el comprobante de pago de la multa.
El fallo se basa en el artículo 21 de la Constitución, que establece el derecho a la acción de amparo en casos donde se vulnere la libertad personal o la seguridad individual de una persona.
La Corte consideró que la decisión de Migraciones ponía en riesgo la estabilidad de la mujer sin haber agotado todas las instancias administrativas para regularizar su estatus en el país.
Este caso se suma a otros recientes donde la justicia ha debido intervenir para evitar la expulsión de migrantes que enfrentaban problemas administrativos con sus solicitudes de residencia.
Casos similares: Expulsiones anuladas por falta de documentos
El caso de esta mujer haitiana no es el único en el que la justicia ha revocado órdenes de expulsión debido a problemas en los trámites migratorios. En los últimos meses, la Corte Suprema y otras instancias judiciales han intervenido en casos similares:
- Febrero de 2025: La Corte Suprema frenó la expulsión de otro ciudadano haitiano, quien no logró entregar documentos requeridos a tiempo.
El tribunal consideró la medida desproporcionada y le otorgó 90 días para completar su solicitud de residencia.
- Febrero de 2025: Un migrante haitiano recibió una orden de expulsión por no presentar su certificado de antecedentes debido a la crisis en su país.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso anuló la medida y reconoció su arraigo en Chile, permitiéndole seguir su proceso.
- Enero de 2025: La Corte Suprema revirtió la expulsión de una mujer venezolana, decretada por el Ministerio del Interior.
El fallo determinó que no se examinaron adecuadamente sus antecedentes y que había residido legalmente en Chile durante años.
- Febrero de 2025: Una mujer colombiana fue obligada a abandonar el país por no adjuntar documentos en su solicitud de residencia.
La Corte Suprema dejó sin efecto la expulsión y ordenó a Migraciones darle 30 días para presentar sus antecedentes.