Los olores y ruidos generados por la cocina de un restaurante motivaron una disputa judicial entre una vecina y el local comercial. La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección y ordenó ejecutar, en un plazo de 30 días, medidas para corregir las deficiencias detectadas en el sistema de extracción y mitigar la contaminación acústica.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la acción fue presentada por la propietaria de un departamento del edificio Las Brisas, quien denunció que un ducto instalado por el Restaurant Chez Gerald, en Viña del Mar, descargaba vapores y olores directamente frente a cuatro ventanas de su vivienda.
Según expuso, la situación la obligaba a mantener las ventanas cerradas, afectando la ventilación y habitabilidad del inmueble. Además, cuestionó que las modificaciones se hubieran realizado sobre bienes comunes del edificio.
Durante la tramitación de la causa, la Seremi de Salud de Valparaíso realizó fiscalizaciones al establecimiento y abrió un sumario sanitario tras detectar diversas deficiencias. Entre ellas, observó problemas asociados al sistema de extracción, además de otras falencias sanitarias al interior del local.
Si bien el restaurante sostuvo que contaba con permisos vigentes y que había ejecutado mejoras para solucionar los problemas denunciados, los antecedentes reunidos por la Corte mostraron que las emanaciones seguían afectando a viviendas cercanas.
El tribunal también consideró un informe técnico que concluyó que los niveles de ruido del local no cumplían con la normativa vigente para períodos diurnos y nocturnos.
La resolución cita que las fuentes de ruido presentes en el establecimiento excedían los límites establecidos por el Decreto Supremo N°38 del Ministerio del Medio Ambiente.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
Al acoger el recurso, la Corte sostuvo que la descarga de olores y vapores a escasa distancia de una vivienda afecta el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y la integridad física y psíquica de las personas.
Asimismo, indicó que el conflicto excedía una simple controversia de copropiedad debido a la afectación de garantías constitucionales.
Por ello, ordenó que el restaurante complete las obras necesarias para adecuar el ducto de extracción y que implemente medidas efectivas para cumplir con la normativa sobre ruido.
Ambas exigencias deberán concretarse dentro de 30 días desde que la sentencia quede firme y serán fiscalizadas por la Seremi de Salud y la Superintendencia del Medio Ambiente.