jueves 29 de octubre de 2026
Judicial

Hombre de 65 años murió tras caer a cámara subterránea sin tapa: Municipio deberá pagar $70 millones a su familia

La Corte de Apelaciones confirmó la responsabilidad municipal por la muerte del adulto mayor y elevó a $25 millones la indemnización para su viuda.

29 de octubre de 2026 - 12:15

Un adulto mayor de 65 años murió tras caer dentro de una cámara subterránea que estaba sin tapa, cierre ni señalización en el bandejón central de Avenida Matta con Avenida Viel. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la responsabilidad de la Municipalidad de Santiago y elevó una de las indemnizaciones por el accidente.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el hecho ocurrió cerca de las 13:00 horas del 3 de diciembre de 2020, cuando el hombre caminaba junto a su hijo por el bandejón central mientras cruzaban la calzada.

En ese momento cayó a la abertura, que tampoco tenía alguna advertencia sobre el peligro. Las lesiones que sufrió le provocaron la muerte en el mismo lugar.

La familia llevó el caso ante el 4° Juzgado Civil de Santiago, que acogió parcialmente la demanda contra la Municipalidad de Santiago y ordenó pagar $15 millones por daño moral a cada uno de los cuatro demandantes, además de $203.400 por daño emergente.

En cambio, liberó de responsabilidad a Enel Distribución Chile, pues no se acreditó que la cámara perteneciera a su red.

Tanto la familia como el municipio apelaron. La Municipalidad sostuvo, entre otros argumentos, que no se había determinado quién construyó la cámara ni quién debía mantenerla y planteó que la víctima se había expuesto imprudentemente al daño al circular por un lugar supuestamente no habilitado para peatones.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Corte descartó esos argumentos. Según estableció, el municipio tenía el deber de mantener seguro el espacio público y, aunque la instalación perteneciera a un tercero, debía exigir medidas de seguridad o, mientras ello ocurriera, advertir y aislar el peligro.

Sobre la cámara, señaló que su existencia “sin barrera ni señalización” constituía “una grave anomalía”.

El tribunal también rechazó que hubiera imprudencia del adulto mayor, pues el lugar estaba próximo al paso peatonal y correspondía a un área verde sin cercos que permitía el tránsito.

Finalmente, la Corte confirmó el fallo del 4° Juzgado Civil de Santiago, pero aumentó de $15 millones a $25 millones la indemnización por daño moral para la viuda, considerando el impacto de la muerte y que el fallecido era el sustento del hogar.

La sentencia fue redactada por la ministra Sandra Araya Naranjo y consigna que el abogado integrante señor Plaza concurrió a la vista y al acuerdo, aunque no firmó por no encontrarse integrando.

Notas Relacionadas
Lo más leído
Kast modificó la Ley Karin

Las más leídas

Últimas noticias