La Corte Suprema acordó remover al juez Daniel Urrutia del Poder Judicial, tras revisar el procedimiento disciplinario abierto por dos viajes al extranjero realizados mientras se encontraba con licencia médica psiquiátrica.
La decisión reunió 13 votos favorables, por encima de los 11 requeridos para aprobar la medida.
El caso se originó por desplazamientos a Costa Rica, en enero de 2020, y Ecuador, en junio de 2022. Aunque la Corte de Apelaciones de Santiago había resuelto previamente no aplicarle sanciones disciplinarias, el máximo tribunal abrió un cuaderno de remoción para evaluar su permanencia en la judicatura.
Los 13 votos a favor de remover a Daniel Urrutia
La votación contó con el respaldo de 13 integrantes de la Corte Suprema, entre ellos su presidenta, Gloria Ana Chevesich.
También apoyaron la remoción los ministros Ricardo Blanco, Manuel Antonio Valderrama, Arturo Prado, Jean Pierre Matus, María Cristina Gajardo, Soledad Melo, Jessica González, Omar Astudillo, Gonzalo Ruz y Jorge Zepeda, además de las ministras suplentes Eliana Quezada y Carolina Catepillán.
En total, 18 magistrados participaron en el procedimiento. El voto del ministro suplente Roberto Contreras había quedado pendiente tras la sesión del 19 de octubre, debido a su ausencia por feriado legal.
La definición se produjo luego que la Corte Suprema retomara la revisión de los cuadernos de remoción suspendidos durante la tramitación de requerimientos ante el Tribunal Constitucional.
Los viajes a Costa Rica y Ecuador
La investigación disciplinaria examinó dos desplazamientos realizados por Urrutia mientras estaba con licencia médica psiquiátrica.
El primero ocurrió en enero de 2020, cuando viajó a San José, Costa Rica, para asistir a una audiencia ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el marco del caso Urrutia Laubreaux contra Chile.
El segundo viaje tuvo lugar en junio de 2022 y tuvo como destino Tena, Ecuador. Según los antecedentes presentados por el propio magistrado, el desplazamiento buscaba realizar una terapia de activación conductual en una comunidad terapéutica.
Ambos episodios fueron revisados inicialmente por la Corte de Apelaciones de Santiago. En mayo de 2026, ese tribunal resolvió sobreseer el caso relativo al viaje a Costa Rica por prescripción y absolver al juez por el episodio relacionado con Ecuador.
Pese a esa resolución, la Corte Suprema abrió un procedimiento independiente para determinar si los antecedentes justificaban su remoción, en ejercicio de las facultades contempladas en el artículo 80 de la Constitución.
La defensa pidió anular la votación
La decisión de la Corte Suprema se conoció después que el abogado de Urrutia, Carlos Quezada, solicitara anular la votación realizada el 19 de octubre y la vista de la causa.
La defensa alegó irregularidades procesales y cuestionó presuntas filtraciones de información reservada. Su presentación buscaba dejar sin efecto lo actuado y repetir la audiencia ante un tribunal cuya integración no estuviera cuestionada.
Urrutia también había recurrido al Tribunal Constitucional para intentar frenar el procedimiento. Su segundo requerimiento fue declarado inadmisible el 2 de octubre, lo que permitió reanudar la revisión de su caso ante el máximo tribunal.