lunes 26 de octubre de 2026
Judicial

Médico debe $123 millones de pensión de alimentos y alegó no poder pagar para evitar arresto: Corte mantuvo la medida

Corte de Apelaciones mantuvo arresto nocturno y arraigo de médico que adeuda $123 millones por pensión de alimentos.

26 de octubre de 2026 - 17:00

Un médico que acumuló una deuda de $122.470.727 en pensiones de alimentos intentó suspender el arresto nocturno y el arraigo nacional decretados en su contra, argumentando que no tenía recursos para pagar todo lo adeudado de una sola vez. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó su recurso y mantuvo vigentes ambas medidas.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el conflicto se tramita ante el Primer Juzgado de Familia de Santiago, que el 22 de septiembre de 2026 decretó arresto nocturno por 15 días y arraigo nacional.

La deuda correspondía a 1.707,59926 UTM ($123 millones) y su liquidación estaba firme cuando se ordenaron los apremios.

La defensa pidió suspender las medidas argumentando que los ingresos mensuales del médico no superaban $3.300.000 y que había pasado por una liquidación concursal voluntaria, concluida en agosto de 2025, en la que se realizó su patrimonio, incluida su vivienda y automóvil.

También informó pagos de $1.100.000 y $1.400.000 durante agosto y septiembre de 2026.

Además, el alimentante había conseguido el 4 de agosto que el mismo Primer Juzgado de Familia de Santiago rebajara su pensión mensual desde 37,19687 a 19,53970 UTM, decisión que fue apelada. Su defensa también cuestionó que la solicitud para suspender los apremios fuera resuelta sin una audiencia especial.

El médico sostuvo que trabajaba a honorarios, su única fuente regular de ingresos, sobre los cuales operaba una retención judicial para pagar la pensión. Por ello, afirmó que el arresto podía poner en riesgo su trabajo y dificultar el cumplimiento futuro de la obligación.

Al informar, la jueza Elena Andrea Cotapos Ulloa señaló que la contraparte había denunciado incumplimientos reiterados desde septiembre de 2020 y que en el procedimiento de rebaja se acreditaron honorarios mensuales promedio de $4.925.000.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Corte descartó que existiera ilegalidad. Recordó que la ley permite imponer arresto nocturno por hasta 15 días ante el incumplimiento de alimentos y decretar arraigo, y concluyó que las alegaciones sobre la falta de recursos y la audiencia debían discutirse dentro de la causa de alimentos.

Así, la Cuarta Sala rechazó el amparo contra el Primer Juzgado de Familia de Santiago. La decisión fue adoptada por los ministros Jaime Balmaceda Errázuriz, Karola Fernanda Silva Cordones y el ministro suplente Rodrigo Alejandro Carrasco Meza.

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