
El alto costo de las negligencias médicas: Indemnizaciones hasta $250 millones de pesos y juicios durante 10 años o más
En Chile, los casos de negligencia médica han generado creciente preocupación en los últimos años. Aunque no existen cifras oficiales actualizadas disponibles en los sitios web gubernamentales, diversos estudios y reportes de la Superintendencia de Salud han evidenciado la importancia de abordar esta problemática.
La falta de información clara y oportuna, así como la ausencia de protocolos adecuados, han sido identificadas como causas recurrentes en casos de negligencia médica.
Estos factores no solo afectan la calidad de la atención, sino que también pueden derivar en consecuencias graves para los pacientes, como secuelas permanentes o incluso la muerte.
La necesidad de fortalecer los mecanismos de supervisión y sanción en el sistema de salud chileno es una demanda constante por parte de los usuarios y organizaciones de la sociedad civil.
En este contexto, casos como el de una mujer que perdió la visión de su único ojo funcional tras una cirugía de cataratas mal manejada, resaltan la urgencia de implementar medidas efectivas para garantizar la seguridad y el bienestar de los pacientes.
La reciente sentencia de la Corte Suprema, que confirmó una indemnización de $250 millones por daño moral en este caso, marca un precedente importante en la lucha contra la negligencia médica en Chile.
¿Qué sucedió?
Una cirugía que pretendía devolverle la tranquilidad, terminó dejándola en la oscuridad total. En mayo del año 2012, una mujer con visión única —pues su ojo izquierdo ya no funcionaba producto de una catarata— fue intervenida quirúrgicamente en el Instituto de Prevención de la Ceguera, ubicado en la comuna de Providencia.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, lo que se suponía sería una operación para mejorar su calidad de vida, derivó en un cuadro infeccioso que, según la justicia, fue mal diagnosticado y tratado fuera de plazo.
El resultado: pérdida total de la visión en su ojo derecho, el único funcional hasta entonces.
La paciente, podóloga de profesión y madre de cuatro hijos, acudió inicialmente a la Fundación Los Andes, donde fue examinada por un médico que concluyó que no había necesidad de intervenir el ojo derecho y que solo debía operarse el izquierdo.
Sin embargo, un mes después acudió al Instituto de Prevención de la Ceguera, donde fue atendida por otro facultativo, quien indicó que debía operar ambos ojos: primero el izquierdo, luego el derecho.
La operación fue fijada para el 23 de mayo de 2012, pero al llegar al centro médico, el médico informó que el lente intraocular para el ojo izquierdo no había llegado, por lo que decidió operar directamente el ojo derecho.
Le aseguró a la paciente que no habría complicaciones. Aquella decisión marcó el inicio de un drama que se extendería por más de una década.
Durante la madrugada posterior a la intervención, la paciente comenzó a experimentar dolor e hinchazón en el ojo operado.
Al día siguiente, acudió al control con el mismo médico, quien atribuyó los síntomas a un simple trauma postoperatorio y le recetó colirios.
Ese mismo día, el profesional dejó la ciudad, dejándola al cuidado de otros colegas.
La infección avanzó y el diagnóstico se retrasó
El viernes 25 de mayo, debido al agravamiento de los síntomas, la mujer fue atendida por otro oftalmólogo del Instituto, quien consultó con cuatro colegas tras revisar su estado.
Concluyeron que se trataba de una infección grave. No obstante, tras ser informado telefónicamente, el médico que la había operado desestimó la opinión de sus colegas y mantuvo su diagnóstico inicial: inflamación. A pesar de las alertas, la citó para dos días después.
El sábado 26 de mayo, volvió a ser atendida por el mismo médico, quien reiteró su evaluación y la citó nuevamente para el lunes siguiente.
Durante el fin de semana, la paciente presentó vómitos y, al llegar a consulta el lunes 28, se desmayó en el centro médico. Fue entonces cuando su esposo decidió trasladarla directamente al Hospital del Salvador.
Allí fue atendida por el jefe del departamento de retina, quien diagnosticó inmediatamente “endoftalmitis severa”, una infección grave del globo ocular.
Fue intervenida de urgencia esa misma tarde y al día siguiente se le practicó una vitrectomía. Pese a los esfuerzos del equipo médico, ya era demasiado tarde: la infección había avanzado demasiado, dejando su ojo derecho sin visión.
En su testimonio ante el tribunal, la mujer relató cómo su vida cambió de manera irreversible. Antes de la operación trabajaba como podóloga independiente, era autónoma y se desplazaba sin problemas.
Desde el accidente médico, se volvió completamente dependiente de terceros, incluso para tareas básicas como ducharse o desplazarse por su casa.
Su esposo también declaró que su rutina diaria se vio transformada: pasó a ser su cuidador principal, lo que implicó un fuerte impacto emocional y económico.
Condena firme: Negligencia y falta de información
La mujer y su esposo demandaron al Instituto de Prevención de la Ceguera y al médico tratante por una indemnización total de $319.507.568, monto que incluía daño emergente, lucro cesante y daño moral.
El tribunal, sin embargo, acogió parcialmente la demanda y condenó solidariamente a ambos demandados al pago de $250.000.000 por concepto de daño moral, desestimando el resto de los montos por falta de respaldo documental suficiente.
La sentencia fue dictada por la jueza Rocío del Pilar Pérez Gamboa, del Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, el 31 de julio de 2019.
En su fallo, se concluyó que existió una conducta negligente en el tratamiento postoperatorio por parte del médico, quien desestimó tempranamente síntomas que debieron haber activado una respuesta urgente.
Según el tribunal, el médico debió haber considerado la posibilidad de una endoftalmitis desde el segundo día postoperatorio, y no a partir del cuarto, como argumentaron los demandados.
Asimismo, la jueza cuestionó la validez del consentimiento informado entregado por el Instituto, al considerar que se trataba de un formulario genérico sin detalles específicos sobre el procedimiento ni los riesgos reales de la operación.
“El formulario no resulta idóneo para acreditar si la información fue comprensible y completa, como prescribe la lex artis médica”, sostuvo la resolución.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó íntegramente el fallo el 20 de enero de 2025. En esa oportunidad, los ministros Marisol Andrea Rojas Moya, Daniel Eduardo Aravena Pérez y el abogado integrante Rodrigo Hernán Asenjo Zegers destacaron que la endoftalmitis era una complicación previsible en cirugías de cataratas, y que el médico tratante no adoptó las medidas necesarias para prevenirla ni diagnosticó a tiempo su aparición.
El caso llegó hasta la Corte Suprema, donde el abogado del médico presentó un recurso de casación en el fondo.
Alegó que el fallo había valorado erróneamente la prueba pericial y vulnerado normas sobre la carga de la prueba y el deber de información.
No obstante, el máximo tribunal rechazó el recurso en fallo unánime del 11 de abril de 2025, descartando la existencia de error de derecho y confirmando la condena.
Casos similares: Lesiones irreparables y fallas en la atención médica
Este caso no es aislado. Durante los últimos meses, varios fallos han expuesto negligencias médicas con consecuencias graves para pacientes y familias.
En abril de 2025, el Decimosexto Juzgado Civil de Santiago condenó a la Clínica Las Condes a pagar $40.000.000 a un paciente que perdió la visión de su ojo derecho tras una lesión durante el tratamiento posoperatorio de una cirugía cerebral.
El juez Luis Parra Aravena sostuvo que “el actuar empleado por la clínica y el personal (...) generó un riesgo no tolerable”.
En enero, la Corte Suprema confirmó una indemnización a una madre e hijo que sufrieron complicaciones en el parto en la Clínica Indisa.
Se estableció un pago de $30.415.000, incluyendo gastos médicos. El fallo subrayó que, aunque las indemnizaciones por daño emocional deben ser prudentes, en este caso la afectación fue evidente.
En octubre de 2024, la Corte Suprema también falló a favor de un hombre que perdió la visión del ojo izquierdo tras un accidente laboral y múltiples retrasos en su atención médica.
Se restituyó la indemnización original de $30.000.000, revertiendo la rebaja aplicada por la Corte de Valdivia.
Y en junio de ese mismo año, el Vigesimosegundo Juzgado Civil de Santiago condenó al Hospital San José y al Servicio de Salud Metropolitano Norte a pagar $120.000.000 a la familia de un paciente fallecido por falta de cirugía oportuna ante una obstrucción intestinal.
Todos estos casos muestran un patrón preocupante: los errores no siempre ocurren en la sala de operaciones, sino también en los días posteriores, cuando el seguimiento clínico es igual de vital.
Los tribunales han sido claros en subrayar que el deber médico no termina con la cirugía, sino que incluye la responsabilidad de diagnosticar, informar y actuar a tiempo.