
Estudió enseñanza media completa desde Chile en programa online de EE.UU. y pidió convalidación: Corte rechazó su solicitud
Una joven chilena decidió completar su enseñanza media bajo un programa educativo a distancia ofrecido por una academia de Estados Unidos.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, desde 2017, estudió en su casa en Chile, con el acompañamiento de sus padres —su madre incluso dejó su trabajo como profesora para encargarse de su formación—, y fue evaluada por el establecimiento extranjero.
La institución emisora, radicada en Tennessee, le entregó certificados y un diploma, todos legalizados con apostilla.
Sin embargo, cuando quiso que su título fuera reconocido oficialmente en Chile para postular a la educación superior, se encontró con una barrera infranqueable: la autoridad nacional se negó a convalidar sus estudios.
La solicitud fue presentada ante la Secretaría Regional Ministerial de Educación de la Región Metropolitana en julio de 2024, acompañada por la documentación correspondiente.
A los pocos días, la respuesta fue negativa. El argumento central: los estudios no fueron realizados en un país extranjero, sino desde Chile, por lo tanto, no cumplían con lo exigido en el Decreto Exento N° 2272 de 2007 y el DFL N° 2 de 2009.
La joven y su familia recurrieron entonces de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, alegando que la decisión era arbitraria, vulneraba su derecho a la educación y a la igualdad ante la ley, y que además ignoraba casos previos en los que certificados similares habían sido reconocidos.
También invocaron la Ley N° 17.073, que según su interpretación permitiría validar estudios cursados desde Chile si los certificados provienen de una institución extranjera y tienen validez en el país de origen.
Pero el tribunal no acogió sus argumentos. En su fallo, la Quinta Sala de la Corte —integrada por los ministros Marisol Rojas Moya y Jaime Balmaceda Escobar— fue tajante: “es un hecho cierto que la actora cursó sus estudios en su casa en Chile bajo la modalidad ‘on line’ en un establecimiento educacional de Estados Unidos, por lo que, claramente, no se cumple con el requisito que los estudios se hayan realizado en país extranjero”.
Además, la Corte recalcó que la normativa chilena exige que los estudios para ser convalidados hayan sido efectivamente realizados fuera del país.
En otras palabras, la validez de los certificados en Estados Unidos no basta si el proceso formativo se desarrolló físicamente desde territorio chileno.
La sentencia, firmada el 15 de abril de 2025, rechazó el recurso de protección interpuesto contra el Ministerio de Educación, la Subsecretaría de Educación y la SEREMI Metropolitana. El fallo fue redactado por la ministra Marisol Rojas Moya.
El plazo para apelar aún no se encuentra vencido.