
Cliente con deuda de $2 millones gana juicio a Enel para que elimine intereses excesivos: "Caprichosos e infundados”
Durante más de cinco años, un arrendatario de la comuna de Lo Barnechea pagó regularmente el servicio de electricidad sin mayores inconvenientes.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, todo cambió en abril de 2023, cuando recibió una boleta por más de $1.200.000.
La razón, según Enel Distribución Chile S.A., era una lectura acumulada de consumo eléctrico no registrado durante 23 meses, provocada por el cambio de empresa lectora.
Desde ese momento, comenzaron también los cobros de intereses, repactaciones bajo amenaza de corte de suministro, y múltiples reclamos que no fueron resueltos de forma efectiva, pese a instrucciones claras de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
La SEC ordenó a la empresa refacturar en base al promedio de consumo registrado tras la normalización del servicio.
No obstante, Enel solo aplicó una rebaja de $413.858, sin acreditar cómo llegó a esa cifra ni cuándo se retomó la lectura normal del medidor.
En paralelo, el afectado continuó pagando los montos mensuales que consideraba justos para evitar el corte del servicio, lo que finalmente ocurrió en abril de 2024, a pesar de existir resoluciones que lo prohibían expresamente.
Ante esta situación, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección presentado por el arrendatario.
El fallo fue emitido por la Novena Sala, integrada por los ministros Hernán Alejandro Crisosto Greisse, Maritza Elena Villadangos Frankovich y el abogado integrante Jorge Gómez Oyarzo.
En su resolución, el tribunal señaló que Enel incurrió en un actuar "caprichoso, infundado y, por ende, ilegal", al no explicar adecuadamente el alza de los montos ni acatar las órdenes de la autoridad técnica.
La Corte sostuvo que “no ha logrado explicar la considerable alza del monto del servicio eléctrico cobrado” ni ha indicado “cuál es el real consumo” del inmueble.
Además, recalcó que la compañía “desconoció lisa y llanamente las resoluciones administrativas”, afectando con ello el derecho de propiedad del recurrente.
La Corte ordenó a Enel cumplir de forma estricta las instrucciones de la SEC y cesar el cobro de intereses moratorios por las sumas cobradas en exceso.