
Tras ser operada de cataratas paciente quedó ciega por negligencia médica: Clínica la compensará con $250 millones
En mayo de 2012, una mujer que había vivido por años dependiendo de la visión de su ojo derecho —debido a una opacidad en el izquierdo por cataratas— decidió operarse en el Instituto de Prevención de la Ceguera.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el oftalmólogo a cargo propuso intervenir ambos ojos, comenzando sorpresivamente por el derecho cuando ese día no llegó el lente del izquierdo.
La cirugía parecía normal, pero al día siguiente, la paciente comenzó a sentir un dolor intenso e hinchazón.
El médico tratante, que debía viajar fuera de Santiago, indicó que era inflamación postoperatoria y derivó su control a otros colegas.
En los días siguientes, la situación empeoró gravemente. Aunque se intensificaron los antibióticos, el diagnóstico de infección severa no se concretó sino hasta el quinto día, cuando la paciente fue llevada de urgencia al Hospital del Salvador, donde ingresó con diagnóstico de endoftalmitis, una infección postquirúrgica grave.
Fue sometida a una vitrectomía de emergencia, pero ya era demasiado tarde: perdió completamente la visión de su único ojo funcional.
La mujer demandó al médico y a la clínica por negligencia médica. En primera instancia, el Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la demanda y condenó a ambos demandados al pago de $250.000.000 por daño moral, considerando que no se aplicaron medidas preventivas adecuadas ni se reaccionó oportunamente frente a la sintomatología de una complicación conocida como endoftalmitis, que pudo haberse anticipado.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia, destacando que el oftalmólogo no respetó la lex artis, dado que, desde el segundo día, los síntomas debieron haber encendido las alertas.
Finalmente, la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Arturo Prado, María Cristina Gajardo, María Soledad Melo y los abogados integrantes Raúl Fuentes y Carlos Urquieta, rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por el médico, dejando firme la condena y reafirmando que la negligencia configuró una infracción contractual.
La suma deberá pagarse con reajustes e intereses.