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Trabajador recibió $5 millones tras juicio laboral y TGR se los retuvo por deuda tributaria: Corte ordena devolver dinero
Agencia Uno

Trabajador recibió $5 millones tras juicio laboral y TGR se los retuvo por deuda tributaria: Corte ordena devolver dinero

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 13.05.2025
La Corte Suprema ordenó a la Tesorería General de la República devolver $5 millones compensados sin procedimiento a un ciudadano de Iquique. El monto correspondía a una transacción laboral judicial, y no podía ser usado para saldar deudas tributarias sin trámite previo.

En octubre de 2024, un ciudadano de Iquique se enteró que los $5.000.000 que debía recibir del Estado como parte de una transacción laboral aprobada judicialmente habían sido retenidos por la Tesorería General de la República.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el monto, que debía ser pagado en cumplimiento de una resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, fue compensado de forma automática para saldar una antigua deuda tributaria que el beneficiario mantenía con el Fisco desde 1999.

La defensa del afectado argumentó que la Tesorería actuó sin seguir ningún procedimiento formal, como exige la Ley N° 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos.

Además, enfatizó que al tratarse de un crédito laboral —reconocido por un tribunal— la Tesorería no podía aplicar una compensación automática, pues eso vulnera el derecho de propiedad consagrado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución.

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La compensación fue ejecutada sin una notificación previa ni un acto administrativo fundado.

La Corte de Apelaciones de Iquique acogió el recurso de protección, estimando que el actuar de la Tesorería fue “evidentemente ilegal y arbitrario”, y ordenó restituir los $5.000.000 al recurrente.

Para los jueces, no se demostró que la deuda fuera exigible al momento de aplicar la compensación, y se hizo uso de una norma general del Código Civil (artículo 1656) sin acreditar requisitos específicos.

También advirtieron que, si bien la Tesorería tiene facultad para compensar deudas, esto no puede hacerse sin un proceso que resguarde los derechos del contribuyente.

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La Tesorería apeló el fallo, pero la Corte Suprema confirmó la sentencia. En una decisión dividida, la Tercera Sala —especializada en materias constitucionales— ratificó que la compensación fue improcedente, aunque con el voto en contra del ministro Jean Pierre Matus.

Según él, el caso debía resolverse en un juicio declarativo, y no por vía de protección, ya que había posturas contrapuestas sobre la legalidad del acto.

La decisión final obliga a la Tesorería General de la República a devolver los $5.000.000 que había compensado, sin perjuicio de que pueda ejercer las acciones legales que estime pertinentes para recuperar la deuda tributaria por otras vías.

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