miércoles 22 de julio de 2026
Judicial

Visitaba edificio para comprar un departamento y cayó en pasillo mojado: Inmobiliaria deberá pagarle $5,7 millones

Corte de Apelaciones de Iquique confirmó indemnización de $5,7 millones a clienta que cayó en pasillo mojado de edificio en venta.

22 de julio de 2026 - 17:00

Una clienta que visitaba un edificio de departamentos para evaluar su compra sufrió una caída al resbalar en un pasillo mojado. La Corte de Apelaciones de Iquique confirmó la responsabilidad de la inmobiliaria y mantuvo la indemnización de $5.735.438 por daño emergente y daño moral.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el accidente ocurrió en el Edificio Lynch, que RVC Inmobiliaria SpA mantenía en venta.

Durante el recorrido, la mujer cayó tras resbalar en un pasillo cuyo piso estaba mojado y que no contaba con advertencias ni medidas de seguridad para prevenir accidentes, lo que le provocó lesiones graves.

A raíz de lo ocurrido, la afectada presentó una querella infraccional y una demanda civil. El caso fue conocido por el Tercer Juzgado de Policía Local de Iquique, que concluyó que la empresa incumplió su deber de garantizar condiciones seguras para quienes visitaban el inmueble.

Por ello, la condenó a pagar $5.735.438 por concepto de daño emergente y daño moral, además de una multa de 300 UTM a beneficio fiscal.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La inmobiliaria apeló la decisión, pero la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Iquique, integrada por los ministros Pedro Güiza Gutiérrez, Andrés Provoste Valenzuela y el fiscal judicial Francisco Berríos Veloso, rechazó el recurso y confirmó la sentencia en lo principal.

Eso sí, el tribunal modificó parcialmente el fallo para rebajar la multa aplicada, disminuyéndola de 300 a 20 UTM, manteniendo sin cambios la indemnización que deberá recibir la clienta.

Al fundamentar su decisión, la sentencia ratificada estableció que la caída fue consecuencia directa de un hecho imputable a la inmobiliaria, ya que el piso del pasillo permanecía mojado sin las medidas de seguridad correspondientes.

El tribunal concluyó que esa omisión vulneró los artículos 12 y 23 de la Ley del Consumidor, que obligan a los proveedores a resguardar la seguridad de las personas durante la venta de bienes o la prestación de servicios.

Por ello, confirmó la responsabilidad de RVC Inmobiliaria SpA por la negligencia que provocó el accidente y las lesiones sufridas por la afectada.

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