Un grupo de familias de Rofue Alto, en Padre Las Casas, permaneció sin agua potable desde el 2 de agosto de 2026 debido a una falla en el sistema que abastecía sus viviendas. La Corte de Apelaciones de Temuco acogió su recurso y ordenó al comité responsable reparar la instalación y restablecer completamente el servicio en ocho días.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el recurso fue presentado en favor de 49 personas y apuntó al Comité de Agua Potable Rural Illaf-Esperanza y a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS).
El sistema abastecía al sector desde 2016 mediante una sentina de elevación, necesaria porque las viviendas se encuentran a mayor altura que las torres de distribución.
La interrupción se produjo por una falla en la bomba y la manguera de elevación. El comité explicó que no podía efectuar las reparaciones debido a cierres y episodios de amenazas y agresiones contra trabajadores, por lo que necesitaba condiciones de seguridad para ingresar.
Entre los afectados había niños, adultos mayores y personas con enfermedades crónicas. Una de ellas requería diálisis diaria en su domicilio, situación especialmente considerada debido a la necesidad de disponer de agua para mantener condiciones adecuadas de higiene.
Aunque la municipalidad entregaba agua mediante camiones aljibe, el recurso sostuvo que la medida era insuficiente: casi ninguna familia contaba con estanques apropiados y algunas viviendas estaban a más de un kilómetro del estanque comunitario.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
La Corte determinó que correspondía al Comité reparar las instalaciones y garantizar la continuidad del servicio. Si bien reconoció que los problemas de seguridad pudieron dificultar inicialmente el ingreso, concluyó que seguía existiendo la obligación de gestionar el acceso y solucionar la falla.
“La privación de agua potable durante un período prolongado afecta las condiciones indispensables para la subsistencia, higiene y salud de las personas”, sostuvo el fallo.
Por ello, el tribunal ordenó al Comité reparar la sentina y restablecer íntegramente el agua potable en un máximo de ocho días. Hasta entonces deberá entregar abastecimiento alternativo suficiente, periódico y accesible.
También autorizó el auxilio de la fuerza pública para acceder a la instalación y realizar los trabajos si fuera necesario.
En cambio, la Corte rechazó el recurso contra la SISS al concluir que fiscalizó, impartió instrucciones y realizó gestiones para solucionar el problema. La sentencia fue redactada por el abogado integrante Roberto Contreras Eddinger.