Un trabajador del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) regaló a una compañera un juguete sexual durante un “amigo secreto” institucional, frente a otros funcionarios. Años después fue despedido por este hecho, decisión que la Corte de Apelaciones de Santiago declaró justificada al considerar que la conducta constituyó un incumplimiento laboral grave.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el episodio ocurrió el 20 de diciembre de 2020, durante una celebración de fin de año. El trabajador, quien se desempeñaba desde enero de 2018 en el área de transacciones comerciales y autorización de terceros del SAG, entregó el objeto a una compañera en presencia de otros trabajadores.
El servicio realizó una investigación sumaria y concluyó que la conducta infringió su Reglamento Interno, que prohíbe “realizar cualquier acto atentatorio a la dignidad” de otros funcionarios.
Finalmente, el 23 de septiembre de 2024 fue despedido por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.
El trabajador acudió al Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que consideró injustificada la desvinculación y ordenó al SAG pagar indemnización por aviso previo, años de servicio y el recargo legal. El organismo recurrió de nulidad contra esa decisión ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
La Corte concluyó que el tribunal laboral se equivocó al restarle gravedad al episodio porque no se acreditaron daños físicos o psicológicos, porque ocurrió en un contexto recreativo y porque el trabajador no registraba sanciones anteriores.
Para el tribunal de alzada, entregar “un objeto de explícita e innegable connotación sexual” sin consentimiento, durante una actividad oficial y frente al resto del personal, no podía ser minimizado como una “broma de mal gusto”.
Según el fallo, hacerlo implicaría “invisibilizar la violencia simbólica y el ambiente hostil que con ello se genera”.
La Corte agregó que las relaciones laborales deben desarrollarse con respeto a la dignidad de las personas, libres de violencia y con perspectiva de género. Determinó que la conducta quebrantó de manera grave las obligaciones del trabajador y la confianza del empleador.
Por ello, anuló la sentencia del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago y dictó una de reemplazo que declaró justificado el despido y rechazó completamente la demanda, con costas. La decisión fue pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por la ministra Lilian Leyton Varela y la abogada integrante Ximena Insunza Corvalán.