martes 25 de agosto de 2026
Judicial

Pagó $2,86 millones a estudio jurídico por asesoría y estos no acreditaron cumplir lo contratado: Deberá devolverle el dinero

La Corte Suprema mantuvo la condena contra un estudio jurídico que deberá devolver $2,86 millones por incumplir los servicios contratados.

25 de agosto de 2026 - 17:00

Un hombre que enfrentaba problemas financieros contrató en 2018 asesoría jurídica para tramitar su insolvencia y defenderse de acciones de sus acreedores, pero sostuvo que durante casi tres años no recibió las gestiones comprometidas. La Corte Suprema terminó rechazando el último recurso del estudio jurídico y mantuvo la devolución de $2.860.000, más reajustes e intereses.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el cliente había acordado pagar $3 millones por servicios que contemplaban su defensa judicial y la liquidación voluntaria como persona deudora.

Según los antecedentes del proceso, pagó $2.860.000. Sin embargo, posteriormente fue demandado por distintas entidades bancarias y cuestionó que no se presentaran excepciones en dos juicios ejecutivos. También alegó que la liquidación prometida nunca fue tramitada.

El caso comenzó judicialmente ante el Tercer Juzgado de Letras de Iquique, que el 12 de marzo de 2024 declaró resuelto el contrato y ordenó al Estudio Jurídico Lena y Cía. S.A. devolver los $2.860.000 pagados, con reajustes e intereses. El tribunal rechazó las demás pretensiones, entre ellas las indemnizaciones solicitadas por daño emergente y moral.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La empresa recurrió ante la Corte de Apelaciones de Iquique, alegando, entre otros puntos, que la defensa en los juicios ejecutivos no formaba parte de sus obligaciones y que no podía actuar si el cliente no informaba oportunamente las demandas.

El tribunal de alzada descartó esos argumentos y sostuvo que, si no podía iniciarse todavía la liquidación concursal, la defensa frente a esos procesos quedaba comprendida en el servicio contratado.

La Corte de Iquique confirmó la sentencia y rechazó además un incidente de abandono del procedimiento y un recurso de casación en la forma. El estudio acudió entonces a la Corte Suprema mediante un recurso de casación en el fondo.

¿Qué decidió la Corte Suprema?

El máximo tribunal volvió a desestimar sus argumentos. La sentencia destacó que bastaba para rechazar parte de sus alegaciones “el hecho de no haber rendido la parte demandada prueba alguna” y agregó que tampoco existían antecedentes que demostraran las gestiones efectivamente realizadas para cumplir el encargo.

La decisión fue pronunciada por la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministrosMauricio Silva Cancino, María Soledad Melo Labra y Eliana Quezada Muñoz, junto a los abogados integrantes Álvaro Vidal Olivares y Raúl Patricio Fuentes Mechasqui. La redacción quedó a cargo del ministro Silva Cancino.

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