Una educadora de párvulos que trabajaba desde 2022 en la Corporación de Ayuda al Niño Desnutrido de Paine (CANDES) firmó un finiquito que indicaba un mutuo acuerdo, pero dejó una reserva para reclamar judicialmente. El Segundo Juzgado de Letras de Buin determinó que el término del contrato correspondió a un despido injustificado.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la trabajadora prestaba servicios desde el 11 de abril de 2022 y recibía una remuneración mensual de $1.431.012. El 28 de julio de 2025 fue llamada a la oficina de la directora del establecimiento, donde también estaba una representante de CANDES.
Según expuso en su demanda, allí le presentaron dos alternativas para terminar la relación laboral. Finalmente escogió la que contemplaba una indemnización mayor y posteriormente firmó ante notario un finiquito que establecía como causal el mutuo acuerdo.
Sin embargo, al suscribirlo dejó una reserva de derechos para demandar, entre otras materias, por despido injustificado, falta de formalidades, indemnización por años de servicio, aviso previo y feriado proporcional.
CANDES defendió la validez del acuerdo y sostuvo que no existió un despido. La institución había pagado $2,5 millones como indemnización convencional, además de $131.494 por feriado y $871.704 por los 28 días trabajados en julio.
La jurisprudencia de la Corte Suprema
La causa fue resuelta por la jueza subrogante Silvia Jaramillo Cisternas. El Segundo Juzgado de Letras de Buin consideró jurisprudencia de la Corte Suprema sobre el alcance de los finiquitos cuando existe una reserva de derechos.
El fallo estableció que, aunque el documento cumplía formalmente los requisitos legales, la reserva permitía discutir judicialmente la forma en que terminó el contrato. El tribunal explicó que la trabajadora “no presta, respecto de esa materia, un consentimiento puro y simple” que permita dar por definitivo el mutuo acuerdo.
Como CANDES tampoco acreditó otra causal legal para finalizar la relación laboral, el tribunal declaró injustificado el despido.
La corporación deberá pagar $1.431.012 por aviso previo, $1.793.036 como saldo de indemnización por años de servicio, $2.146.518 por el recargo legal del 50% y $162.309 por feriado proporcional.
Las nuevas sumas ordenadas totalizan $5.532.875, además de reajustes e intereses. CANDES también fue condenada al pago de las costas del juicio.