La caída de una maleta desde el compartimiento superior de un avión terminó con una pasajera lesionada y llevó el caso a la Corte de Apelaciones de Talca, que revocó un fallo del Segundo Juzgado de Policía Local de la ciudad. El tribunal concluyó que Latam Airlines debía responder por lo ocurrido y ordenó pagar una indemnización de $2 millones.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el accidente ocurrió durante un vuelo, cuando un equipaje de mano cayó sobre la pasajera luego de haber sido mal estibado.
Según quedó establecido en el juicio, la afectada recibió atención médica en el aeropuerto, le recetaron diclofenaco y se le ofreció viajar en un vuelo posterior.
Sin embargo, las molestias físicas continuaron, debió seguir tratamientos y utilizar licencias médicas, además de ver afectado el viaje recreativo que realizaba.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
Al revisar la causa, la Corte de Apelaciones determinó que la responsabilidad por lo que ocurre dentro de la aeronave corresponde a la aerolínea, ya que es su personal el encargado de supervisar que el equipaje quede correctamente acomodado antes del despegue.
Agregó que son los auxiliares de vuelo quienes tienen la autoridad para mover, reorganizar o cambiar las maletas cuando sea necesario para resguardar la seguridad de los pasajeros.
En el fallo, redactado por el abogado integrante Marcelo Cevas Fuentes, el tribunal sostuvo que no se acreditó que la tripulación hubiera realizado esa revisión preventiva.
Incluso, destacó que la propia empresa contactó posteriormente a la pasajera para ofrecerle una compensación económica, propuesta que finalmente fue rechazada.
Con estos antecedentes, la Corte revocó la sentencia del Segundo Juzgado de Policía Local de Talca, acogió la querella infraccional y condenó a Latam Airlines Group S.A. al pago de una multa de 5 UTM por infringir la Ley del Consumidor y normas del Código Aeronáutico. Además, acogió la demanda civil y ordenó pagar $2.000.000 por concepto de daño moral, monto que deberá reajustarse y devengar intereses hasta su pago efectivo.
La decisión se adoptó con el voto en contra del ministro Álvaro Saavedra Sepúlveda, quien era partidario de confirmar íntegramente el fallo de primera instancia.