viernes 24 de julio de 2026
Judicial

Lo expulsaron por "conflictivo" de su junta de vecinos sin investigación y sin derecho a defensa: Corte ordenó reincorporarlo

La Corte de Apelaciones de Valdivia dejó sin efecto la expulsión de un socio de una junta de vecinos por incumplir el procedimiento legal y estatutario.

24 de julio de 2026 - 14:15

Un profesor llegó a una asamblea de la Junta de Vecinos N°5 de Folilco para cuestionar la decisión que lo había expulsado de la organización. Al término de la reunión le impidieron firmar el libro de asistencia y le entregaron una carta informándole que ya había sido desvinculado. La Corte de Apelaciones de Valdivia dejó sin efecto esa medida.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el conflicto se originó luego de que el socio asistiera a una asamblea ordinaria realizada el 9 de mayo de 2026.

En esa instancia leyó y entregó una carta impugnando el proceso mediante el cual había sido calificado como un “vecino conflictivo” y excluido de la organización.

Según expuso, al finalizar la reunión la secretaria le impidió firmar el libro de asistencia porque ya figuraba como desvinculado y recién entonces recibió la carta que formalizaba esa decisión.

El afectado sostuvo que nunca fue sometido a una investigación previa, no fue citado para formular descargos ni recibió una notificación antes de que se resolviera su expulsión.

La Ley N°19.418

Además, denunció que la medida no respetó las exigencias previstas tanto en los estatutos de la junta de vecinos como en la Ley N°19.418 sobre organizaciones comunitarias.

Por su parte, la Junta de Vecinos N°5 de Folilco afirmó que la exclusión obedeció a incumplimientos reiterados de las obligaciones del socio, especialmente por mantener cuotas sociales impagas durante más de seis meses.

También sostuvo que la decisión fue adoptada por la asamblea extraordinaria conforme a los estatutos y que el profesor tuvo oportunidad de expresar sus descargos durante una reunión de la organización.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

Al revisar los antecedentes, la Corte de Apelaciones de Valdivia concluyó que la expulsión no respetó el procedimiento obligatorio establecido en los propios estatutos de la junta de vecinos.

El tribunal advirtió que no existió una investigación previa ni una audiencia formal para que el afectado conociera los cargos y pudiera defenderse antes de adoptarse la medida.

La sentencia precisó que la posterior votación realizada en una asamblea extraordinaria tampoco subsanó esas omisiones, ya que la decisión de excluir al socio ya había sido comunicada con anterioridad.

Asimismo, estimó que no se acreditó una vulneración a la honra del recurrente, por lo que descartó pronunciarse sobre esa garantía constitucional.

Por ello, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección y ordenó dejar sin efecto la expulsión, restituyendo al profesor su calidad de socio de la Junta de Vecinos N°5 de Folilco.

Además, estableció que cualquier futura desvinculación deberá ajustarse estrictamente al procedimiento contemplado en la ley y en los estatutos de la organización.

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