viernes 02 de octubre de 2026
Judicial

Perdieron sus casas en incendio y hermana les permitió construir en su terreno pero luego fue a juicio para sacarlos: Corte rechazó

La Corte de Apelaciones permitió a dos hermanos seguir ocupando un terreno familiar tras acreditar que tenían autorización para vivir allí.

2 de octubre de 2026 - 17:00

Dos hermanos que vivían en un terreno familiar enfrentaron una orden para abandonar el lugar después de que su hermana, propietaria del inmueble, demandara su restitución. La Corte de Apelaciones de Concepción revirtió esa decisión al concluir que ambos tenían autorización para permanecer allí, especialmente después de que sus viviendas fueran destruidas por un incendio en 2016.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el conflicto se produjo por un inmueble ubicado en la comuna de Yumbel. La propietaria sostuvo que sus hermanos ocupaban el terreno por su mera tolerancia y explicó que, tras el incendio que destruyó sus hogares, les había permitido instalar viviendas provisorias.

Los hermanos afirmaron, en cambio, que existía un préstamo de uso acordado originalmente con su madre, posteriormente fallecida, y que la propia dueña había ratificado su permanencia después del incendio.

El caso llegó primero al Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel, que el 28 de junio de 2023 acogió la demanda de precario. Ese tribunal ordenó a los hermanos restituir el inmueble, libre de ocupantes, dentro de tres días desde que la sentencia quedara firme, al considerar que no habían presentado una constancia escrita que justificara su permanencia.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

Ambos apelaron y la Corte de Apelaciones de Concepción llegó a una conclusión diferente. Entre los antecedentes analizados estuvo un informe de la Municipalidad de Yumbel, que indicó que los hermanos fueron beneficiarios del Programa de Habitabilidad Municipal después del incendio del 23 de enero de 2016.

El municipio explicó que para entregar los beneficios destinados a construir las viviendas era necesaria la autorización del propietario del terreno y que, en este caso, efectivamente había sido otorgada. También existían antecedentes sobre suministro e instalación eléctrica de las viviendas.

La Corte destacó además que el préstamo de uso podía acreditarse mediante testigos y que las declaraciones recogidas coincidían en que la ocupación había sido autorizada inicialmente por la madre y posteriormente ratificada por la propietaria.

"Otorga una base de legalidad a la ocupación"

Según el fallo, la autorización para que el municipio construyera viviendas para los hermanos damnificados constituye “un acto jurídico que otorga una base de legalidad a la ocupación”, por lo que no podía considerarse una simple tolerancia.

Por ello, la Corte revocó completamente la sentencia del Juzgado de Letras y Garantía de Yumbel y rechazó la demanda que buscaba la restitución del terreno, permitiendo que los hermanos mantuvieran su ocupación.

La resolución fue redactada por el ministro Hadolff Gabriel Ascencio Molina. También concurrieron al acuerdo la ministra Antonella Farfarello Galletti y el abogado integrante Felipe Muñoz Levasier, quienes no firmaron por las razones consignadas en el fallo.

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