Una pasajera descubrió que varios pasajes que había comprado fueron anulados sin aviso previo, lo que la obligó a adquirir nuevos vuelos para cumplir compromisos familiares y laborales. La Corte de Apelaciones de Antofagasta ordenó a LATAM Airlines indemnizarla por los gastos adicionales que tuvo que asumir tras la cancelación de las reservas.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el caso comenzó cuando la consumidora denunció a la aerolínea por la anulación unilateral de pasajes previamente adquiridos.
Según quedó establecido en el juicio, la empresa canceló las reservas sin una comunicación previa, impidiéndole utilizar los vuelos originalmente contratados.
La afectada recurrió al Tercer Juzgado de Policía Local de Antofagasta, donde presentó una denuncia por infracción a la Ley del Consumidor y una demanda de indemnización de perjuicios.
El tribunal concluyó que LATAM infringió diversas normas de protección a los consumidores y la condenó al pago de una multa de 10 UTM a beneficio fiscal. Además, ordenó pagar $1.000.000 por daño moral.
Sin embargo, en primera instancia se rechazó la indemnización por daño emergente, debido a que el tribunal estimó que no estaba acreditado de manera suficiente el valor de los nuevos pasajes que la pasajera tuvo que comprar para reemplazar los vuelos cancelados.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
La consumidora apeló esa parte del fallo ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta. Al revisar los antecedentes, la Segunda Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Eric Darío Sepúlveda Casanova y Jaime Aníbal Rojas Mundaca, junto al abogado integrante Marcelo Rodrigo Díaz Sanhueza, concluyó que sí existían pruebas suficientes para acreditar el perjuicio económico sufrido.
La corte estableció que la pasajera desembolsó $1.164.220 en nuevos pasajes, mientras que los vuelos originalmente anulados tenían un valor de $613.876. Por ello, determinó que tuvo que pagar una diferencia de $550.344 para poder realizar los viajes que ya tenía planificados.
En el fallo redactado por el ministro Eric Sepúlveda Casanova, el tribunal señaló que esa diferencia de precio constituyó una pérdida patrimonial directa derivada de la conducta sancionada de la empresa. Por ello, concluyó que correspondía indemnizar ese perjuicio como daño emergente.
Se agregan $550.344 a la indemnización
Con esa decisión, la Corte de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia del Tercer Juzgado de Policía Local de Antofagasta y ordenó a LATAM pagar otros $550.344 por daño emergente, además de los intereses correspondientes desde la notificación de la demanda y hasta el pago efectivo.
El resto del fallo, incluida la indemnización por daño moral de $1.000.000 y la multa de 10 UTM, fue confirmado.