Dos niñas con epilepsia del espectro SCN1 dejaron de recibir el medicamento que controlaba su enfermedad luego de que el Hospital Provincial de Ovalle lo reemplazara por un genérico. La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección presentado por su madre y ordenó restituir el tratamiento original.
Las menores estaban siendo tratadas con Convupidiol, pero el recinto asistencial decidió sustituir ese fármaco por otro genérico.
De acuerdo con los antecedentes presentados en el recurso, el cambio provocó un deterioro en la salud de ambas pacientes, por lo que su madre recurrió a la justicia para exigir la continuidad del tratamiento prescrito por el médico tratante.
La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por los ministros Felipe Pulgar Bravo, Iván Corona Albornoz y la abogada integrante Carolina Salas Salazar, acogió de manera unánime la acción constitucional y ordenó al hospital adoptar todas las medidas necesarias para adquirir y suministrar Convupidiol de forma continua, oportuna y permanente, en la dosis indicada por el especialista.
El fallo fijó un plazo máximo de 30 días corridos desde que la sentencia quede ejecutoriada para cumplir la orden.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
Al fundamentar su decisión, el tribunal sostuvo que "la decisión del hospital recurrido deviene en arbitraria, por cuanto carece de un fundamento racional y justificado que sustente el cambio de terapia médica", privilegiando criterios administrativos por sobre la salud de las pacientes.
La Corte también concluyó que la enfermedad está cubierta por las Garantías Explícitas en Salud (GES), por lo que el Estado debe asegurar una atención efectiva.
Añadió que el cambio del medicamento amenazó el derecho a la vida e integridad física y psíquica de las niñas, al exponerlas a un riesgo evitable.
Tras conocerse la sentencia, el ministro Felipe Pulgar Bravo explicó que el hospital había entregado anteriormente el mismo medicamento a una de las menores sin inconvenientes y que su reemplazo fue una decisión "arbitraria e ilegal", que generó consecuencias nocivas para la salud.
Agregó que "si hablamos de protección de salud, tenemos que hacerlo a todo evento", lo que justificó la intervención del tribunal.