jueves 03 de septiembre de 2026
Judicial

Fue víctima de fraude telefónico y banco lo responsabilizó por las transacciones: Corte ordenó restituirle el dinero

La Corte de Apelaciones ordenó a Scotiabank restituir las sumas reclamadas por un cliente víctima de fraude telefónico y descartó culpa grave.

3 de septiembre de 2026 - 17:00

Un cliente bancario fue engañado mediante un fraude telefónico y desconoció las transacciones realizadas desde su cuenta, pero inicialmente fue responsabilizado por las operaciones. La Corte de Apelaciones de Valparaíso revirtió esa decisión, descartó que hubiera actuado con dolo o culpa grave y ordenó a Scotiabank restituirle las sumas reclamadas.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el caso había sido resuelto por el Tercer Juzgado de Policía Local de Valparaíso, que el 4 de marzo de 2025 estableció la responsabilidad del cliente y determinó que el banco no estaba obligado a cancelar los cargos ni devolver las operaciones cuestionadas.

Además, dispuso que el afectado debía restituir los fondos correspondientes.

El cliente apeló. En su defensa negó haber autorizado conscientemente las operaciones y sostuvo que había sido víctima de un engaño telefónico.

La Corte consideró relevante que, apenas detectó el fraude, reclamó inmediatamente mediante los canales habilitados por la entidad bancaria.

Al analizar el caso, el tribunal de alzada recordó que la Ley N°20.009 establece que, cuando una persona desconoce haber autorizado una operación, corresponde al emisor demostrar que efectivamente fue autorizada.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

En ese sentido, la Corte sostuvo que resulta “del todo insuficiente” para acreditar dolo o culpa grave argumentar únicamente que las claves y mecanismos de seguridad son responsabilidad del usuario, incluso cuando estos fueron entregados producto de “un engaño con ribetes criminales”.

Los jueces tampoco observaron una conducta gravemente negligente, pues el cliente actuó desde el mismo día en que descubrió el fraude y realizó las acciones que estaban a su alcance.

Además, el fallo estableció que tampoco se acreditó que Scotiabank hubiera cumplido con su obligación de monitorear las operaciones no habituales del cliente, medida que, según la Corte, podría haber evitado los efectos del fraude.

Por estas razones, la Corte de Apelaciones de Valparaíso revocó lo decidido por el Tercer Juzgado de Policía Local de Valparaíso, rechazó completamente la demanda presentada por Scotiabank y ordenó al banco restituir al cliente las sumas reclamadas, cuyo monto deberá determinarse mediante una liquidación realizada por el tribunal de primera instancia.

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