miércoles 02 de septiembre de 2026
Judicial

Socias de comité acusaron a asesora de querer apropiarse de departamento con subsidio: Votaron excluirlas y Corte lo validó

La Corte Suprema confirmó el rechazo del recurso de dos socias de un comité de vivienda cuyo proceso de exclusión se ajustó a los estatutos.

2 de septiembre de 2026 - 17:00

Dos socias de un comité de vivienda cuestionaron el proceso iniciado para excluirlas, denunciando que la votación estaba predispuesta y que existieron hostigamientos posteriores. La Corte Suprema confirmó el rechazo de su recurso de protección, manteniendo la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que concluyó que el procedimiento se ajustó a los estatutos.

El conflicto surgió después de que una integrante del comité informara a la directiva sobre conversaciones mantenidas por un grupo de socios.

En ellas se cuestionaba un aumento de las cuotas y se acusaba a la asesora del proyecto de intentar apropiarse de un departamento y un estacionamiento, además de utilizar fondos de la agrupación para gastos personales.

La directiva investigó los antecedentes y detectó conversaciones en un grupo de WhatsApp denominado “Las vecinas problemáticas”. Según el comité, estas evidenciaban infracciones a sus reglas internas.

Las involucradas fueron notificadas del procedimiento, el 21 de julio de 2025 se efectuó una asamblea informativa y el 5 de agosto se realizó la reunión para votar las exclusiones.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por los ministros Guillermo de la Barra Dunner y Fernando Valderrama Martínez, además de la abogada integrante Francisca Amigo Fernández, rechazó el recurso. El fallo fue redactado por Valderrama.

La Corte sostuvo que antes de la votación existió una investigación que detectó faltas estatutarias y que el procedimiento se desarrolló conforme a las normas del comité y al Decreto Supremo N°49 de 2011 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Por ello, concluyó que “no es factible atribuir una ilegalidad o arbitrariedad” a la organización.

Además, aclaró un punto relevante: la votación del comité todavía no significaba que las socias estuvieran definitivamente fuera. El SERVIU debía revisar los antecedentes y emitir la resolución de exclusión. Mientras aquello no ocurriera y fueran notificadas, “éstas mantienen la calidad de socias del Comité”.

¿Qué decidió la Corte Suprema?

Las afectadas apelaron ante la Corte Suprema. El 26 de agosto de 2026, la Tercera Sala confirmó íntegramente la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago.

La resolución fue pronunciada por los ministros Jean Pierre Matus, Omar Astudillo y Gonzalo Ruz, la ministra suplente María Carolina Catepillán y la abogada integrante Andrea Ruiz.

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