jueves 27 de agosto de 2026
Judicial

Fue madre, pidió teletrabajo para cuidar a su hijo y terminó despedida: Demandó y empresa deberá pagarle $7,7 millones

El Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán condenó a una empresa por discriminar y vulnerar la integridad psíquica de una trabajadora tras ser madre.

27 de agosto de 2026 - 17:00

Una trabajadora que regresó de su postnatal denunció que estuvo cerca de un mes sin escritorio, computador ni funciones y que enfrentó dificultades para compatibilizar su empleo con el cuidado de su hijo. El Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán concluyó que sufrió discriminación por maternidad y vulneración de su integridad psíquica, y condenó a su exempleadora.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la mujer trabajaba desde julio de 2022 como administrativa de Agroindustria San Francisco Limitada.

Tras convertirse en madre, solicitó teletrabajo para conciliar sus labores con el cuidado del menor, pero la empresa condicionó esa posibilidad a un cambio de funciones que ella rechazó.

Entre agosto de 2024 y marzo de 2025 permaneció con licencias médicas. Los antecedentes presentados en juicio dieron cuenta de tratamiento psicológico y psiquiátrico, además de síntomas de ansiedad, llanto, problemas para dormir y otras consecuencias que fueron vinculadas a situaciones laborales.

Cuando regresó el 8 de abril de 2025, una testigo declaró que no tenía un puesto donde sentarse, escritorio ni computador y que nadie le hablaba, situación que se extendió aproximadamente durante un mes.

También fueron rechazadas solicitudes relacionadas con teletrabajo y vacaciones para cuidar a su hijo.

El 3 de junio de 2025 fue despedida por necesidades de la empresa. La carta justificó la decisión únicamente en una “Reestructuración Administrativa”, fundamento que, según el tribunal, no fue respaldado con pruebas.

¿Qué decidió el Juzgado de Letras del Trabajo?

El Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán concluyó que existió un trato hostil y desigual que “no se explica de otro modo que no sea por el hecho de haberse convertido la denunciante en madre”.

Además, destacó que el representante de la empresa vinculó el despido con la intermitencia de su asistencia, asociada a permisos parentales, licencias médicas y adecuaciones de jornada por labores de cuidado.

Para el tribunal, estos antecedentes configuraron “una discriminación arbitraria de la actora bajo el criterio sospechoso de maternidad”, además de vulnerar su integridad psíquica.

La empresa fue condenada a pagar $6.137.504 como indemnización adicional; $690.469 por recargo legal del 30%; $459.718 por devolución del descuento del seguro de cesantía, y $416.000 por una retención improcedente vinculada a un préstamo.

En total, las prestaciones suman $7.703.691, más reajustes e intereses. El tribunal rechazó la indemnización por daño moral y las demás peticiones.

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Fernando Cerimedo.

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