jueves 20 de agosto de 2026
Judicial

Debía $1,2 millones y condominio le cortó la luz pese a vivir con hija con parálisis cerebral: Corte ordenó restablecerla

La Corte de Apelaciones ordenó restablecer la electricidad de un departamento y mantenerla mientras siga pendiente el cobro judicial de la deuda.

20 de agosto de 2026 - 14:15

Una mujer que mantenía una deuda de gastos comunes quedó por más de dos meses sin electricidad en su departamento, donde vive junto a sus hijas, una de ellas menor de edad con parálisis cerebral y epilepsia activa. La Corte de Apelaciones de Temuco acogió su recurso y ordenó al Condominio Caburgua restablecer y mantener el suministro.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el conflicto comenzó después de que la residente fuera despedida de la administración del condominio en agosto de 2024.

Según el fallo, el empleador no pagó oportunamente las tres cuotas acordadas en su finiquito y actualmente le adeuda $3.012.160, monto que es cobrado ante el Juzgado de Letras y Garantía de Pucón.

Tras quedar cesante, la mujer acumuló gastos comunes impagos. El condominio informó que la deuda alcanzaba $1.200.094 y ya había iniciado su cobro judicial ante el mismo tribunal. Además, el 21 de abril de 2026 suspendió la electricidad del departamento.

El Condominio Caburgua defendió la medida argumentando que la Ley de Copropiedad Inmobiliaria permite cortar el suministro cuando existen tres o más cuotas morosas. También sostuvo que la hija de la residente no estaba acreditada como electrodependiente.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Corte coincidió en que los antecedentes médicos no permitían considerar a la menor como electrodependiente. Sin embargo, determinó que eso no bastaba para rechazar el recurso.

El tribunal consideró que el condominio ya estaba cobrando judicialmente la deuda y, paralelamente, mantuvo durante un período prolongado la vivienda sin electricidad.

Para la Corte, aunque el corte estaba “amparado en abstracto por una facultad legal”, en este caso fue aplicado de manera “arbitraria” porque impuso una “carga desproporcionada”.

La sentencia también consideró que en el hogar vive una menor con parálisis cerebral y epilepsia activa, circunstancia relevante para evaluar los efectos del corte, aunque aclaró que ello no elimina la obligación de pagar los gastos comunes.

Por estas razones, la Corte de Apelaciones de Temuco ordenó restablecer el suministro, si aún permanecía suspendido, y mantenerlo mientras siga pendiente el juicio ejecutivo por la deuda. El condominio podrá continuar cobrando los $1.200.094 por la vía judicial.

La sentencia fue redactada por el ministro Carlos Gutiérrez Zavala.

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