lunes 21 de septiembre de 2026
Judicial

Compró celular equivocado, lo devolvió al día siguiente, pero empresa se negó a restituir dinero: Deberán pagarle $280 mil

La Corte de Apelaciones confirmó la condena contra WOM por negar el retracto de un celular y mantuvo una indemnización de $280.000.

21 de septiembre de 2026 - 12:15

Una consumidora compró presencialmente un celular Samsung A11 el 12 de noviembre de 2020 creyendo que adquiría un A31 y, al notar el error, volvió al día siguiente para cambiarlo o recuperar su dinero. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la condena contra WOM, que deberá pagarle una indemnización de $280.000.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la empresa rechazó la solicitud porque la caja ya no conservaba el termo sellado original, condición incluida en sus políticas de devolución.

Sin embargo, el plástico había sido retirado por el propio ejecutivo de ventas al momento de entregar el teléfono.

Tras recibir la negativa, la clienta dejó el equipo en la tienda. De acuerdo con el fallo, desde el día siguiente a la compra el celular permaneció en poder de WOM, sin que la compañía intentara insistir en entregárselo. Tampoco constaba la devolución de los $107.879 que había pagado.

El conflicto llegó inicialmente al Primer Juzgado de Policía Local de Estación Central, que dictó sentencia el 14 de febrero de 2023. WOM apeló esa resolución y el caso pasó a la Corte de Apelaciones de Santiago.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Octava Sala confirmó la sentencia y mantuvo tanto la multa aplicada como la indemnización única de $280.000 por daño emergente y daño moral. La resolución fue pronunciada por los ministros Pedro Caro Romero y Rodrigo Schnettler Carvajal, junto a la abogada integrante Magaly Correa Farías.

Uno de los puntos centrales fue que WOM no acreditó haber informado a la consumidora que mantener el sello era indispensable para ejercer el retracto. La Corte sostuvo que, al tratarse de una compra presencial, el ejecutivo tenía el deber de explicar esa condición.

“Al no informar previamente a la consumidora que el equipo debía mantener su termo sellado para solicitar su cambio o devolución del precio, la proveedora no podía negar el ejercicio de este derecho”, señala la sentencia.

El tribunal estableció que se vulneró el deber de entregar información veraz y oportuna y que existió un perjuicio para la compradora. Sobre el daño moral, sostuvo que la situación le produjo una “profunda frustración”, considerando que el teléfono estaba nuevo y que no había sido informada previamente del requisito utilizado para impedir el retracto.

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