viernes 21 de agosto de 2026
Judicial

Acusó en Facebook a alcaldesa de tráfico de influencias y fraude al Fisco: Corte ordenó eliminar publicaciones

La Corte de Apelaciones ordenó eliminar publicaciones de Facebook contra una alcaldesa al considerar que vulneraron su honra.

21 de agosto de 2026 - 17:00

Una alcaldesa recurrió a tribunales después de que una cuenta de Facebook difundiera publicaciones que la vinculaban con supuestos favores a familiares y personas cercanas, falsificación de documentos y uso irregular de recursos públicos. La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió la acción y ordenó eliminar las publicaciones y no realizar nuevas expresiones similares.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, las publicaciones aparecieron durante agosto de 2025 en una página de Facebook.

En ellas se acusaba a la alcaldesa de favorecer a su pareja y familiares mediante aumentos de remuneraciones, contrataciones y adjudicaciones, utilizando además referencias a eventuales delitos como tráfico de influencias, negociación incompatible, malversación y fraude al Fisco.

Otros mensajes cuestionaban la postulación de una familiar a una especialidad de medicina, atribuyéndole el uso de documentos falsificados.

También se planteaban sospechas sobre el destino de beneficios sociales, con referencias a supuestos beneficiarios inventados, firmas falsificadas y cajas desaparecidas.

La alcaldesa denunció además que se utilizaban fotografías personales y familiares, incluyendo imágenes de menores de edad. Por ello, solicitó eliminar el contenido y prohibir nuevas publicaciones que utilizaran su nombre, fotografías o datos personales.

El hombre recurrido negó administrar la página y ser responsable de las publicaciones. Argumentó que no existían pruebas suficientes para vincularlo con la cuenta y defendió su derecho a emitir opiniones e informar. También sostuvo que el recurso de protección no era la vía adecuada.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Corte, sin embargo, estableció que el recurrido realizó las publicaciones. Entre los antecedentes consideró que una dirección de correo electrónico reconocida por él aparecía vinculada a la página.

También tuvo en cuenta que las publicaciones habrían cesado después de que se dictara una orden provisoria que le prohibió realizar nuevos mensajes alusivos a la alcaldesa.

El tribunal sostuvo que las redes sociales permiten expresar opiniones, pero ese derecho no puede vulnerar las garantías de otras personas. En ese sentido, señaló que “no son las redes sociales el lugar para efectuar descalificaciones, ni atribuciones de delictivas”, ya que los posibles delitos deben ser puestos en conocimiento de los organismos competentes.

La Corte calificó las publicaciones como arbitrarias e ilegales por afectar la honra de la alcaldesa. Por ello, ordenó eliminarlas de Facebook y de cualquier otra red social, si todavía permanecían disponibles, y prohibió al recurrido realizar en el futuro expresiones de similar tenor contra ella.

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