Caducidad de salmoneras: La necesidad de corregir la negligencia estatal
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Caducidad de salmoneras: La necesidad de corregir la negligencia estatal

Por: Eduardo König | 23.08.2024
Si bien la ciudadanía tiene el derecho de verificar y denunciar infracciones administrativas, y de colaborar con el rol fiscalizador del Estado, cuando los servicios públicos permanecen inactivos, este derecho se ve reducido a un acto meramente simbólico e ineficaz.

Con fecha 8 de agosto de 2024 la Contraloría General de la República emitió el Informe de Auditoría Nº 9/2024 en el que constató negligencias del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA) y de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas (SSFFAA) en la fiscalización y tramitación de procedimientos de caducidad de centros de engorda de salmones.

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Entre las numerosas observaciones señaladas por la Contraloría, destaca la falta de análisis respecto a una denuncia presentada por Fundación Terram el 30 de junio de 2022 ante la SSFFAA y que esta institución derivo a SERNAPESCA. Dicha denuncia alertaba sobre varios centros de engorda de salmones que incurrirían en causales de caducidad al no haber operado dentro de los plazos exigidos por la Ley General de Pesca y Acuicultura. Sin embargo, más de dos años han pasado sin que estas instituciones hayan dado una respuesta efectiva a esta denuncia.

Esta inacción del Estado infringe principios jurídicos fundamentales, como bien señala la Contraloría, entre los cuales se encuentran la inexcusabilidad y celeridad conforme a los cuales las autoridades y funcionarios deben actuar de manera proactiva en los procedimientos y en su prosecución. Además, se vulnera la garantía constitucional establecida en el artículo 19 Nº 14, que asegura el derecho a presentar peticiones a la autoridad, siempre que se proceda en términos respetuosos y convenientes.

Es crucial destacar que esta situación también se relaciona con el principio de servicialidad contemplado en el artículo 1, inciso cuarto, de la Constitución, disposición que establece que el Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común.

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La actitud pasiva de la autoridad frente a la denuncia efectuada por Fundación Terram vulnera estos objetivos fundamentales del ordenamiento jurídico y permite la continuación de una actividad económica que no cumple con los requisitos legales, sesgando el principio de servicialidad solo para el beneficio de unos pocos.

La estructura organizativa de las reparticiones públicas no debe convertirse en un impedimento para atender las inquietudes planteadas por la ciudadanía. El informe de la Contraloría, al señalar estas deficiencias, representa un avance significativo y un llamado de atención sobre la denuncia que realizamos. No obstante, queda pendiente saber cómo sus observaciones y recomendaciones serán implementadas en las instituciones correspondientes.

La ineficacia en la gestión de estos servicios públicos tiene repercusiones que trascienden al Estado como entidad organizacional, afectando directamente al bienestar de la comunidad en su conjunto. La adecuada instrucción y resolución de procedimientos destinados a garantizar el cumplimiento de la ley dependen, en última instancia, de la actuación diligente de los órganos responsables.

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Si bien la ciudadanía tiene el derecho de verificar y denunciar infracciones administrativas, y de colaborar con el rol fiscalizador del Estado, cuando los servicios públicos permanecen inactivos, como ha señalado la Contraloría en su informe, el derecho de la ciudadanía a presentar peticiones a la autoridad se ve reducido a un acto meramente simbólico e ineficaz.

En conclusión, este informe de la Contraloría resulta crucial para corregir las deficiencias en la ejecución del poder público.

Crédito de la fotografía: Agencia Uno