DATO | Sistema judicial permitirá retener aporte a clase media por deuda de pensión alimenticia: Revisa cómo hacer el procedimiento

DATO | Sistema judicial permitirá retener aporte a clase media por deuda de pensión alimenticia: Revisa cómo hacer el procedimiento

Por: Luz Venegas | 03.08.2020
Desde este lunes, el Poder Judicial habilitó una página web donde se podrá realizar la solicitud de retención del aporte a la clase media y apoyo a los trabajadores independientes, a personas que adeudan pensiones alimenticias. Acá te entregamos toda la información de cómo realizar el procedimiento.

El Poder Judicial anunció que a contar de este lunes, todas las personas que lo requieran podrán solicitar la retención del bono de aporte a la clase media y apoyo a los trabajadores independientes, debido a causas de deudas de pensión alimenticia.

Para ello, se habilitó la web tramitefacil.pjud.cl, donde las personas interesadas podrán realizar el trámite de manera online y así no exponerse a un posible contagio de COVID-19.

De esta manera, el usuario(a) deberá ingresar a la opción "Solicitud de retención del aporte a la clase media (Ley 21.242 y 21.252) y liquidación", e ingresar su Clave Única o la Segunda Clave, que es la del Poder Judicial. Ésta última puede ser creador por el usuario ingresando a la Oficina Judicial Virtual opción "Mis Datos".

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La selección de la causa es uno de los pasos más importantes de este proceso, por lo que se pide a los usuarios ingresar el formulario en la causa donde se encuentran decretados o acordados los alimentos vigentes. Las solicitudes de retención y liquidación por pensiones adeudadas deberán realizarse en la causa que corresponda. Si tiene dudas o desconoce la causa, éstas se pueden consultar en la Oficina Judicial Virtual, opción "Mis Causas", pestaña "Familia".

Posteriormente, se deberá completar el formulario de la siguiente manera según informó el Poder Judicial:

  1. La persona deberá llenar los campos correspondientes que son solicitados por el sistema y luego presionar el botón "Siguiente" (se sugiere mantener actualizado su domicilio particular).
  2. Este trámite no requiere adjuntar documentos. Por lo que sólo debe continuar nuevamente con el botón "Siguiente".
  3. Se visualizarán todos los datos de su presentación, pudiendo modificar la información presionando el botón "Atrás" o si está correcta, seleccionar el botón "Enviar Poder Judicial".
  4. Una vez enviada la presentación, aparecerá un mensaje indicando que el ingreso del trámite fue realizado correctamente, arrojando el formulario, el certificado de envío y un código de verificación del mismo. Asimismo, existe la posibilidad de ingresar en la misma ventana una dirección de correo electrónico para el envío de los documentos mencionados anteriormente.
  5. Tras ingresar un correo electrónico válido, un mensaje informará sobre el envío de los documentos. Mientras no presione el botón "Aceptar", puede escribir un correo electrónico diferente y realizar otro envío de los documentos.
  6. Finalmente, recibirá un correo electrónico con los datos de la causa, el formulario enviado y el certificado de envío en formato PDF. En el certificado de envío se visualizarán los datos de la causa, tipo de solicitud e información del usuario que realizó la remisión del trámite al tribunal.

Además, si los usuarios y abogados no desean utilizar dicha página web, este tramite también podrá ser realizado en la Oficina Judicial Virtual, a través de la opción "Solicita Retención y Liquidación Leyes 21.242 - 21.252".