La ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (Ley N°21.600) conocida como Ley SBAP, fue aprobada en septiembre de 2023, sin embargo, las operaciones del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas que se establece en esta regulación se iniciaron en febrero de 2026.
Como sabemos esta institución pública viene a concluir el proceso que se denominó “reforma a la institucionalidad ambiental de Chile”, el cual comenzó en el primer gobierno de Bachelet, periodo donde se aprobó en el Parlamento la creación del Ministerio de Medio Ambiente (MMA), la Superintendencia Ambiental (SMA) y el Servicio de Evaluación Ambiental (SEIA).
Adicionalmente, durante el primer gobierno de Sebastián Piñera, y tal como quedó establecido en el artículo transitorio N°8 de la Ley N°20.417, - la cual contiene las modificaciones a la institucionalidad ambiental aprobadas- el gobierno envió al Parlamento un primer proyecto de ley para crear el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas. También, en esa administración y producto de negociaciones que habían ocurrido en la tramitación de la “reforma a la institucionalidad ambiental”, se aprobó la ley que crea los Tribunales Ambientales (Ley N°20.600).
Si bien Piñera en 2011, presentó una iniciativa para la creación de lo que hoy es el SBAP, esta iniciativa no vio la luz durante esa administración, con la llegada de la segunda administración de Bachelet, la iniciativa se retiró del Parlamento y fue modificado mínimamente y reingresado a tramitación en el Congreso Nacional. Esto sin duda representó una señal política importante, ya que dos administraciones consecutivas con posiciones políticas distintas tuvieron acciones para sacar esta ley adelante, pero finalmente fue en la administración Boric cuando se aprobó la hoy conocida ley. En síntesis, se necesitaron 9 años para que fuese aprobada en el Parlamento.
En la actualidad, sabemos que nuestro país posee un valioso patrimonio natural, con ecosistemas únicos y un conjunto de especies nativas y/o endémicas. Nos maravillamos de nuestros paisajes, de las características de algunas especies que habitan o transitan por el territorio nacional, la conservación y poco a poco se ha ido instalando como parte del “orgullo nacional”. Parte de cuidar, resguardar, conservar especies y ecosistemas está relacionado con la implementación de la Ley SBAP.
En los últimos años, Chile se ha enfocado en promover la conservación, en generar nuevas áreas protegidas tanto terrestres como marinas. De hecho, hoy existe un número relevante de estos ecosistemas que están protegidos bajo distintas figuras de conservación: parques nacionales, reservas nacionales, áreas de múltiples usos, etc. No obstante, debemos considerar que cada categoría define lo que se puede hacer o no hacer dentro de ellas.
Por ejemplo, los parques nacionales y reservas de región virgen, ya sean terrestres y/o marinas se tipifican como “protección o conservación dura”; mientras que otro tipo de áreas protegidas se definen como “conservación blanda”, dentro de este grupo están las reservas nacionales, áreas de conservación indígena, áreas de múltiples usos, etc., las cuales obviamente pueden ser terrestres o marinas.
Como parte del proceso de implementación del SBAP resulta relevante preguntarse cuál es el rol del Estado en materia de conservación, ya sea que esta ocurra dentro o fuera de las áreas protegidas, pues justamente uno de los desafíos que tenemos como país es avanzar en la implementación de la conservación tanto dentro como fuera de ellas. La situación actual respecto de la implementación de la ley SBAP abre un conjunto de interrogantes que parece oportuno poner en el debate público.
Como ya se señaló, en febrero de 2026 inició operaciones el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, para lo cual se realizaron concursos de alta dirección pública para la contratación de algunos directivos. Lamentablemente, la implementación de esta institución pública coincidió con el cambio de gobierno, lo cual le ha puesto una dificultad a su implementación.
A pocos días de asumir el gobierno del presidente Kast, se retiraron de Contraloría 43 decretos relacionados con temáticas ambientales, de esos 11 correspondían a reglamentos necesarios para la implementación del SBAP; posteriormente, y pese a que se había anunciado que en agosto de 2026 ocurriría el traspaso de las áreas protegidas del estado desde CONAF al SBAP, el actual gobierno decidió posponer este traspaso hasta marzo de 2027. También, generó algún grado de preocupación el despido de seis funcionarios del SBAP que habían llegado a sus cargos por proceso de alta dirección pública.
Asimismo, en los últimos días se ha conocido que la actual administración ha iniciado un proceso de anulación de la consulta indígena de unos de los reglamentos más importantes del SBAP: el de áreas protegidas. Si bien, todo lo que ha hecho la actual administración está dentro de sus potestades, no se puede negar que existe inquietud sobre varios temas asociados a la implementación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas.
Para quienes nos preocupamos por la conservación del patrimonio natural del país, uno de estos temas tiene que ver con los cambios y reingreso de reglamentos a Contraloría para la toma de razón y sobre lo cual desconocemos cuál es la agenda de esta administración.
Otro tema que a medida que transcurre el año va cobrando fuerza o relevancia, es con cuánto presupuesto contará este servicio para el año 2027 y siguientes, pues hemos visto que parte de la gestión de la actual administración es reducir el gasto público y en este sentido, nos parece muy importante plantear que el SBAP debería ser implementado a cabalidad, al menos considerando el presupuesto con que fue aprobado en el Parlamento.
Finalmente, señalar que ad portas de que se cumplan 100 años de la creación del primer Parque Nacional en Chile, es hora de abrir un debate sobre: Conservación y el rol del Estado en la protección del patrimonio natural del país, un bien que nos pertenece a todas y todos.