martes 22 de septiembre de 2026
Judicial

Viajó en bus con su hijo con TEA y perdieron maleta con sus medicamentos: Empresa deberá pagarle $594 mil

La Corte de Apelaciones confirmó que la empresa deberá pagar $594.433 a una pasajera por la pérdida de una maleta con medicamentos de su hijo.

22 de septiembre de 2026 - 12:15

Una familia que viajaba en bus desde Puerto Montt a Temuco para pasar Año Nuevo perdió una maleta con ropa, pañales, alimentos y medicamentos de uno de sus hijos. La Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirmó que la empresa de transporte deberá pagar $594.433 a la pasajera por los perjuicios sufridos.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el viaje comenzó el 30 de diciembre de 2021. La mujer iba junto a su pareja y sus dos hijos, uno de ellos diagnosticado con trastorno del espectro autista, asma, rinitis severa y piel atópica. Debido a sus condiciones, llevaban medicamentos, inhaladores y otros productos necesarios para su tratamiento.

Cuando el bus llegó al cruce de Los Lagos, el auxiliar comenzó a buscar el equipaje y se detectó que faltaban dos maletas. La familia permaneció esperando una solución y posteriormente fue encontrada solo una. En la otra estaban prendas de vestir, pañales, alimentos y medicamentos del niño.

Tras lo ocurrido, la pasajera acudió a Carabineros y realizó reclamos ante la empresa y el Sernac. El conflicto terminó ante el Tercer Juzgado de Policía Local de Puerto Montt, donde la jueza Tatiana Muga Mendoza acogió la querella por infracción a la Ley del Consumidor y la demanda civil.

El tribunal condenó a la empresa a una multa de 10 UTM y al pago de $94.433 por daño emergente y $500.000 por daño moral, además de las costas del juicio. Tanto la compañía como el Sernac apelaron: la primera buscaba el rechazo de la demanda y el organismo pretendía aumentar la multa.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt rechazó ambos recursos y mantuvo la condena. Sobre el impacto sufrido, sostuvo que la pasajera había depositado su confianza “en el profesionalismo de los servicios prestados por la demandada” y consideró acreditada “la afección moral padecida por la afectada”. Además, precisó que la multa será a beneficio fiscal.

La sentencia fue pronunciada por la Primera Sala, integrada por los ministros Moisés Samuel Montiel Torres y Juan Patricio Rondini Fernández. La redacción quedó a cargo del fiscal judicial (s) Rodolfo Maldonado Mansilla.

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