martes 23 de junio de 2026
Judicial

Usaron un mandato notarial falso para retirar $34 millones de su cuenta: Banco deberá pagarle $37 millones

Corte de Apelaciones de Arica confirmó indemnización de $37 millones y rebajó a 100 UTM la multa aplicada a Banco Estado.

23 de junio de 2026 - 17:00

Una clienta perdió $34 millones de su cuenta corriente luego de que un tercero cobrara el dinero utilizando un mandato falso. Ahora, la Corte de Apelaciones de Arica confirmó que Banco Estado fue negligente al no detectar inconsistencias evidentes en la documentación presentada y mantuvo su condena por infringir la Ley del Consumidor.

La decisión ratificó gran parte de la sentencia dictada por el Segundo Juzgado de Policía Local de Arica, que había acogido la denuncia infraccional y la demanda civil presentada por la afectada tras la salida de los fondos desde su cuenta bancaria.

Según los antecedentes del caso, una persona utilizó un mandato otorgado mediante escritura pública para retirar los $34 millones desde una sucursal de Banco Estado en Pirque.

La entidad sostuvo que el hecho correspondía a delitos de suplantación de identidad y falsificación de instrumento público que son investigados por la justicia penal, por lo que alegó que el Juzgado de Policía Local carecía de competencia para resolver el conflicto.

Sin embargo, la Corte descartó ese argumento. El fallo explicó que un mismo hecho puede generar responsabilidades de distinta naturaleza y que los tribunales de Policía Local sí pueden conocer infracciones a la Ley del Consumidor y las indemnizaciones derivadas de ellas, independientemente de la investigación penal en curso.

Al revisar el fondo del asunto, los jueces concluyeron que el banco incumplió su deber de cuidado respecto de los fondos de su clienta.

La resolución destaca que la institución permitió que un tercero retirara el dinero sin demostrar qué controles aplicó para verificar la autenticidad del mandato y la identidad de quien se presentó a cobrar.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

Además, la Corte señaló que las diferencias entre la cédula de identidad registrada por el banco y la utilizada en el mandato eran visibles. “Ni la fotografía, ni la firma de la cédula son coincidentes a vista de cualquier persona”, sostuvo la sentencia.

Para los magistrados, Banco Estado no acreditó la existencia de protocolos suficientes que impidieran detectar esas inconsistencias, lo que configuró una actuación negligente en la prestación del servicio.

Respecto de las sanciones, la Corte confirmó la indemnización de $34 millones por daño emergente y de $3 millones por daño moral a favor de la afectada. Asimismo, mantuvo la condena infraccional por vulnerar derechos contemplados en la Ley del Consumidor.

No obstante, el tribunal estimó que correspondía rebajar la multa aplicada al banco desde 200 a 100 UTM, considerando que la entidad presentó una querella criminal para perseguir a los responsables de la maniobra fraudulenta. Con esa única modificación, confirmó el resto de la sentencia dictada en primera instancia.

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