jueves 24 de septiembre de 2026
Judicial

Recibió furgón de $10 millones, no lo devolvió y terminó en empresa de su esposa: Fue condenado por apropiación indebida

La Corte de Apelaciones mantuvo la condena contra un hombre que no devolvió un furgón de $10 millones que terminó en la empresa de su esposa.

24 de septiembre de 2026 - 17:00

Un hombre recibió para uso comercial un furgón avaluado en $10 millones, pero cuando su propietario pidió recuperarlo, el vehículo no fue devuelto y terminó inscrito a nombre de una empresa de la esposa del acusado. La Corte de Apelaciones de Talca rechazó anular la condena por apropiación indebida dictada en su contra.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el caso comenzó a fines de 2016, cuando el dueño entregó el furgón Iveco Daily para que fuera utilizado en el transporte de trabajadores en Chanco.

Según establecieron los jueces, ambos acordaron verbalmente un arriendo mensual de $500.000, en el contexto de una relación comercial y de confianza.

A comienzos de 2017, ante la falta de pago, el propietario intentó recuperar el vehículo. El acusado le señaló que estaba averiado y parcialmente desarmado, por lo que no pudo llevárselo.

Posteriormente, el furgón fue sometido a un remate voluntario y adjudicado a una empresa cuya única propietaria era la esposa del acusado.

Entre los documentos utilizados para realizar la operación estaba un acta de consignación que hacía aparecer al dueño autorizando la venta.

Sin embargo, este negó haber concurrido ante la martillera pública o haber recibido los $2.470.000 consignados como precio. Una pericia caligráfica concluyó que la firma atribuida al propietario era falsa y había sido realizada mediante imitación.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares condenó al acusado como autor del delito consumado de apropiación indebida. Su defensa recurrió ante la Corte de Apelaciones de Talca buscando anular el juicio y la sentencia, cuestionando principalmente que se hubiese acreditado el arriendo y la negativa a devolver el vehículo.

La Corte concluyó que la sentencia estaba suficientemente fundamentada y que la prueba había sido examinada de manera “minuciosa, armónica, extensiva y completa”.

Por ello, rechazó el recurso y mantuvo la condena dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares. El fallo fue redactado por el ministro Moisés Muñoz Concha.

Notas Relacionadas
Lo más leído
Andrés Chadwick y Tonka Tomicic serán citados por Fiscalía - Agencia Uno/BeFunky

Las más leídas

Últimas noticias