Una funcionaria municipal fue destituida después de que un sumario estableciera que viajó cuatro días a Perú mientras tenía una licencia médica con reposo total en su domicilio. La Corte de Apelaciones de La Serena dejó sin efecto la sanción y ordenó retrotraer su situación laboral, además de pagarle las remuneraciones dejadas de percibir.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el viaje ocurrió entre el 11 y el 14 de agosto de 2023, durante una licencia que se extendía entre el 8 y el 22 de ese mes.
La trabajadora sostuvo que el viaje familiar había sido planificado y pagado antes de enfermarse y que desconocía que desplazarse fuera incompatible con el reposo indicado.
El sumario comenzó después de que la Contraloría General de la República remitiera antecedentes obtenidos de registros de la PDI y la Superintendencia de Seguridad Social sobre funcionarios que habían salido del país con licencia médica.
La Municipalidad de La Serena formuló dos cargos: viajar durante el reposo y recibir íntegramente su remuneración de agosto de 2023. Finalmente fue destituida.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
La Corte cuestionó especialmente el segundo cargo. Explicó que el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales establece que durante una licencia el funcionario continúa recibiendo sus remuneraciones y que, al no haberse acreditado fraude en la emisión del documento, no podía sostenerse que el sueldo hubiese sido percibido ilícitamente.
Respecto del viaje, el tribunal señaló que podía considerarse “reprochable” no respetar el lugar de reposo. Sin embargo, destacó que fue un episodio único de cuatro días —solo dos laborales—, que la funcionaria no tenía sanciones anteriores y que no se acreditó dolo o fraude en la obtención de la licencia.
La Corte concluyó que la Municipalidad no fundamentó adecuadamente por qué la conducta tenía la gravedad necesaria para justificar la destitución.
Así, dejó sin efecto los dos decretos alcaldicios y ordenó emitir una nueva decisión disciplinaria que considere la gravedad de los hechos y las circunstancias alegadas por la trabajadora.
Mientras eso no ocurra, el municipio deberá restablecer su situación funcionaria anterior y pagar todas las remuneraciones y estipendios adeudados, reajustados, desde su separación hasta su reingreso efectivo.
El fallo fue redactado por el ministro suplente Rodrigo Patricio Díaz Figueroa.