Entre octubre de 2023 y febrero de 2024, el propietario de un predio en San José de la Mariquina ordenó remover tierra con maquinaria pesada para habilitar terrenos destinados a vender parcelas. El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia acreditó que el material fue depositado sobre un humedal a orillas del río Lingue, provocando su destrucción.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, los trabajos se realizaron en el predio “El Yeco”. En la parte alta del terreno se cortaron sin autorización especies nativas ubicadas en sectores con pendientes superiores al 45%, correspondientes a zonas de bosque destinadas a conservación y protección.
También se talaron árboles nativos situados a menos de 200 metros de un curso de agua tipo vertiente.
Además, excavadoras y retroexcavadoras removieron tierra que posteriormente fue depositada sobre un humedal palustre situado en la parte baja del predio. El lugar formaba parte del sitio prioritario para la conservación de la biodiversidad Mehuín Río Lingue.
Según estableció el tribunal, el material sepultó y removió hábitats de flora y fauna y contaminó por sedimentación las aguas que alimentaban el humedal. También fueron intervenidas dos quebradas con cursos de agua, los que fueron interrumpidos y desviados mediante zanjas de drenaje.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia concluyó que el daño no podía evaluarse únicamente considerando la superficie directamente intervenida, que superó una hectárea, debido a que sus consecuencias alcanzaron un área considerada prioritaria para la biodiversidad.
¿Cuáles fueron los daños al humedal?
La sentencia estableció efectos “severos, irreparables o difícilmente reparables”, especialmente sobre la vegetación hidrófita y la fauna. La intervención también perjudicó funciones del humedal como la provisión de agua y la protección del suelo y, según determinó el tribunal, provocó su “pérdida total”.
Por estos hechos, el propietario fue condenado como autor de tala o corte no autorizado de árboles o vegetación nativa y como autor del delito consumado de contaminación ambiental con resultado grave.
La defensa solicitó principalmente la absolución. El tribunal rechazó esa petición, aunque acogió su planteamiento subsidiario para calificar los hechos bajo el delito genérico de contaminación ambiental con afectación grave.
También descartó que se tratara de una conducta culposa, al estimar acreditado que el acusado actuó con conocimiento y voluntad.
La decisión fue adoptada de manera unánime. La información proporcionada no identifica a los jueces que integraron el tribunal ni precisa todavía las penas impuestas, pues la audiencia de comunicación de sentencia quedó fijada para el 19 de octubre de 2026, a las 13:30 horas, mediante videoconferencia.