sábado 17 de octubre de 2026
Judicial

Enel le cobró $434 mil por consumo de luz pese a que la SEC ordenó eliminar la deuda: Corte obligó a cumplir resolución

Enel deberá eliminar cobros por $434.135 y sus intereses tras incumplir una resolución firme de la SEC.

17 de octubre de 2026 - 14:00

Una vecina de Pedro Aguirre Cerda comenzó a recibir desde 2024 cuentas de electricidad muy superiores a su consumo habitual, que rondaba los 200 kWh mensuales. Tras reclamar y obtener una resolución favorable de la SEC, la Corte de Apelaciones de San Miguel determinó que Enel no cumplió la orden de eliminar cobros por $434.135.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el conflicto comenzó por facturaciones provisorias realizadas debido a la falta de lectura del medidor.

Entre febrero y mayo de 2024 se contabilizaron provisionalmente 840 kWh y, cuando se normalizó la lectura el 11 de junio, aparecieron 2.335 kWh. Inicialmente se descontaron $108.663 por devolución de la facturación provisoria.

La usuaria acudió a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Aunque el organismo inicialmente consideró procedentes los cobros, posteriormente acogió una reposición y constató que el problema también involucraba una posible falla del medidor y una fuerte diferencia respecto del consumo histórico. El 9 de febrero de 2026 resolvió no autorizar el cobro de $434.135.

En paralelo, la afectada había presentado otro reclamo porque el medidor continuaba registrando consumo incluso con los interruptores automáticos de la vivienda desconectados. La SEC ordenó revisar el equipo y la facturación asociada.

Enel aseguró que había cumplido: afirmó haber rebajado $320.277 por consumo y $268.124 por intereses, además de inspeccionar el medidor, concluyendo que funcionaba dentro de los parámetros correspondientes.

Sin embargo, la SEC informó a la Corte que Enel debía eliminar $434.135 y todos sus intereses. Además, precisó que la resolución estaba firme, pues la empresa no presentó la reclamación judicial correspondiente.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Corte concluyó que la resolución seguía incumplida. Según el fallo, desobedecer una decisión administrativa firme resulta “ilegal” porque vulnera “un deber jurídico exigible” y es “arbitraria” cuando no guarda relación lógica con el objetivo del servicio regulado. También estableció que existió un trato diferenciado hacia la usuaria.

Por ello, la Corte de Apelaciones de San Miguel acogió el recurso y ordenó a Enel cumplir estrictamente la resolución de la SEC dentro de 15 días desde que el fallo quede ejecutoriado.

La Segunda Sala estuvo integrada por el ministro Edwin Quezada Rojas, el ministro suplente Carlos Hidalgo Herrera y el abogado integrante Rodrigo Azócar Simonet.

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