Un estudiante universitario logró que la justicia aumentara la pensión de alimentos que recibe de su padre, luego de acreditar nuevas necesidades asociadas a sus estudios superiores y tratamientos de salud. La Corte de Apelaciones de Concepción confirmó la decisión y, posteriormente, la Corte Suprema rechazó el último intento del alimentante por revertir el fallo.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la controversia se originó a partir de una demanda de aumento de alimentos presentada por el joven, quien en 2021 recibía una pensión fijada mediante avenimiento por $350.000 mensuales, además del pago de alimentos adeudados.
Durante el juicio se acreditó que el estudiante cursaba estudios universitarios, primero en bachillerato en ciencias de la salud y luego en Química y Farmacia.
También se estableció que debía financiar parte de sus estudios mediante Crédito con Aval del Estado (CAE) y que enfrentaba gastos asociados a un diagnóstico de trastorno obsesivo compulsivo, por lo que requería atención psiquiátrica permanente.
El tribunal de primera instancia acogió la demanda de aumento de alimentos y fijó una nueva pensión equivalente a 13,08425 UTM mensuales ($935.604 aproximadamente), además del pago del 90% de los gastos extraordinarios. La sentencia fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Concepción.
¿Qué decidió la Corte Suprema?
El padre recurrió ante la Corte Suprema argumentando que las necesidades de su hijo eran menores a las consideradas por los jueces y que se había valorado erróneamente su situación económica al tomar en cuenta sociedades comerciales en las que participa.
Sin embargo, el máximo tribunal descartó esos planteamientos. La resolución sostuvo que el recurrente no logró demostrar una infracción a las reglas de la sana crítica y que sus cuestionamientos apuntaban, principalmente, a la forma en que los jueces valoraron la prueba.
Además, la Corte Suprema destacó que los antecedentes permitían concluir que la capacidad económica del demandado era significativamente superior a la de la madre del estudiante.
Entre otros elementos, se consideró su participación mayoritaria en diversas sociedades, la existencia de un importante patrimonio inmobiliario y declaraciones de renta que en años anteriores superaron los mil millones de pesos.
Con ello, el máximo tribunal dejó firme el aumento de la pensión alimenticia y el pago del 90% de los gastos extraordinarios del estudiante, rechazando definitivamente el recurso de casación presentado por el padre.