jueves 10 de septiembre de 2026
Judicial

Mellizos sufrieron daño emocional por burlas sobre sus nombres y tribunal rechazó cambiarlos: Corte revocó y lo autorizó

La Corte de Apelaciones autorizó a dos hermanos mellizos cambiar sus nombres tras acreditar burlas, problemas de autoestima y afectación emocional.

10 de septiembre de 2026 - 14:15

Dos hermanos mellizos comenzaron a sufrir burlas desde que ingresaron al colegio porque ambos llevaban el nombre “Patricio”, situación que les provocó tristeza, irritabilidad y problemas de autoestima. La Corte de Apelaciones de Concepción autorizó cambiar sus nombres y revocó la decisión del Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles, que había rechazado la solicitud.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, la petición había sido presentada por la madre de los niños, quien explicó que eran objeto de mofas y apodos como “los patitos”, tanto de otros estudiantes como de adultos.

Además, sostuvo que ninguno era conocido socialmente por “Patricio” y que no tenían relación con su padre biológico, quien también llevaba ese nombre.

Un informe elaborado por una psicóloga del Cesfam Dos de Septiembre de Los Ángeles, luego de cuatro sesiones, constató un “menoscabo en su autoestima” debido a los constantes apodos.

También indicó que compartir ese nombre dificultaba que pudieran diferenciarse como personas independientes.

El Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles había rechazado la solicitud en abril de 2023. Aunque reconoció la afectación socioemocional, consideró que los niños, entonces de ocho años, no tenían madurez suficiente para dimensionar una decisión que la ley permite realizar una sola vez. Por ello, estimó conveniente esperar hasta que fueran mayores.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Corte de Apelaciones de Concepción discrepó. Para el tribunal, postergar la decisión significaba obligarlos a continuar su etapa escolar con nombres que les causaban sufrimiento.

El fallo destacó además que, tras ingresar a un nuevo establecimiento, comenzaron a ser llamados por los nombres que deseaban adoptar y manifestaron sentirse más tranquilos, siendo reconocidos como hermanos pero también como personas diferentes.

La Corte sostuvo que “los niños no son meros objetos de protección, sino sujetos de derecho capaces de manifestar su voluntad” según su edad y desarrollo.

Por ello, revocó la sentencia del Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles y autorizó modificar los nombres de ambos menores.

Asimismo, ordenó al Servicio de Registro Civil e Identificación realizar las respectivas rectificaciones en sus partidas de nacimiento, manteniendo sin cambios sus números de RUN.

La sentencia fue redactada por el abogado integrante Rafael Andrés Kuncar Oneto.

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