miércoles 21 de octubre de 2026
Judicial

Lo despidieron después de casi 3 años a honorarios y consiguió indemnización de $6 millones: Tribunal reconoció relación laboral

El Juzgado de Letras del Trabajo de Lautaro declaró injustificado el despido y ordenó pagar $6,1 millones, además de las cotizaciones.

21 de octubre de 2026 - 18:00

Durante casi tres años, un docente prestó servicios para un centro de formación técnica mediante sucesivos contratos a honorarios, hasta que en diciembre de 2024 dejaron de asignarle carga académica. El Juzgado de Letras del Trabajo de Lautaro concluyó que en realidad existió una relación laboral y declaró injustificado su despido.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el trabajador comenzó a desempeñarse el 4 de abril de 2022 como docente y supervisor de prácticas del Centro de Formación Técnica de la Región de La Araucanía.

Aunque formalmente emitía boletas de honorarios, sostuvo que recibía instrucciones sobre horarios, cursos, planes de clases, capacitaciones y otras tareas académicas. Su última remuneración fue establecida judicialmente en $808.800 mensuales.

El vínculo terminó el 15 de diciembre de 2024, cuando no recibió carga académica para el año siguiente. La institución sostuvo que no hubo despido, sino que finalizó el último contrato a honorarios, y negó que existiera subordinación o dependencia.

La jueza subrogante Fiorella Jara Contreras analizó correos electrónicos y otros antecedentes que mostraban instrucciones sobre horarios, actividades, capacitaciones, material docente y uso de plataformas institucionales. También constató que la institución hacía seguimiento a las horas y actividades realizadas.

¿Qué decidió el Juzgado de Letras del Trabajo?

Para el Juzgado de Letras del Trabajo de Lautaro, esos antecedentes demostraron que los servicios no eran completamente autónomos. El fallo estableció que existieron “instrucciones permanentes, mecanismos de supervisión, control de cumplimiento e integración estable” dentro de la estructura de la institución.

El tribunal determinó que la relación laboral se extendió ininterrumpidamente desde abril de 2022 hasta diciembre de 2024 y que dejar de asignarle carga académica constituyó un despido sin causa legal ni las formalidades correspondientes.

Por ello, el CFT deberá pagar $808.800 por aviso previo, $2.426.400 por tres años de servicio, $727.920 de recargo legal, $997.520 por feriado y $1.200.000 por supervisiones de prácticas adeudadas: en total, $6.160.640, más reajustes e intereses. También deberá enterar las cotizaciones previsionales, de salud y cesantía correspondientes a todo el periodo reconocido.

En cambio, el tribunal rechazó la nulidad del despido y la indemnización de $2 millones solicitada por daño moral, al considerar insuficiente la prueba presentada para acreditar ese perjuicio.

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