Un socio de Coopeuch quedó impedido de acceder al dinero de su cuenta vista luego de reclamar dos transacciones que desconoció por $249.980. La Corte de Apelaciones de Santiago acogió su recurso de protección y ordenó a la cooperativa terminar inmediatamente con el bloqueo y permitirle disponer libremente de sus fondos.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, el conflicto comenzó después de que el afectado denunciara dos operaciones presenciales no reconocidas, asegurando haber sido víctima de un robo el 14 de enero de 2026.
Coopeuch inició acciones judiciales conforme a la Ley N°20.009 ante el Tercer Juzgado de Policía Local de Santiago y posteriormente devolvió los $249.980 reclamados.
Sin embargo, la cooperativa mantuvo bloqueada la cuenta vista por motivos de seguridad. El socio recurrió de protección argumentando que la medida le impedía acceder a todo su dinero y equivalía a una retención adoptada unilateralmente, sin una resolución judicial que la autorizara.
Coopeuch defendió su decisión señalando que se trataba de una medida preventiva y que la seguridad del medio de pago continuaba bajo análisis judicial. También sostuvo que el recurso de protección no era la vía adecuada para resolver el conflicto.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
La Corte descartó esos argumentos. Determinó que, aunque inicialmente el bloqueo podía justificarse en las facultades preventivas contempladas por la Ley N°20.009, este no podía mantenerse indefinidamente sin una resolución judicial o administrativa que respaldara la decisión.
El fallo calificó la conducta de Coopeuch como una “autotutela unilateral e inconsulta” y estableció que resultaba ilegal y arbitraria, pues impedía al socio disponer del dinero existente en su propia cuenta.
La Corte también rechazó que la medida pudiera justificarse como una protección para el cliente, indicando que las razones de seguridad apuntan a evitar actuaciones de terceros y no pueden utilizarse para impedir que el propio titular maneje sus fondos.
La controversia por las transacciones cuestionadas continuará ante el Tercer Juzgado de Policía Local de Santiago, a cuyo resultado deberá atenerse Coopeuch.
La Novena Sala, integrada por los ministros Pablo Andrés Toledo González, Guillermo Rodríguez González y Christian Carvajal Silv, ordenó el cese inmediato del bloqueo y el libre acceso del afectado a su cuenta vista.