Una mujer con asma severa e insuficiencia cardiaca necesitaba mensualmente un medicamento que cuesta cerca de $2 millones, pero para obtener su cobertura debía comprarlo primero y luego pedir el reembolso. La Corte de Apelaciones de Puerto Montt consideró ilegal esa exigencia y ordenó a la isapre entregar directamente el fármaco y financiar su costo.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, la paciente requiere Fasenra (Benralizumab) de 30 mg para tratar su enfermedad.
Su médico broncopulmonar recomendó el medicamento y señaló que podía beneficiar considerablemente su estado de salud, con disminución de las exacerbaciones y mejoría clínica cuando se utiliza cada cuatro semanas.
El conflicto ya había pasado por la Superintendencia de Salud. El 15 de abril de 2026, actuando como tribunal arbitral, acogió una demanda de la afiliada y ordenó a Isapre Consalud otorgar cobertura al medicamento como una prestación hospitalaria, dentro del ítem “medicamentos en hospitalización”.
Sin embargo, la isapre estableció que la mujer debía presentar las boletas después de comprar el fármaco para solicitar su reembolso.
¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?
La paciente recurrió entonces ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, argumentando que no contaba con recursos para desembolsar previamente cerca de $2 millones y esperar posteriormente la devolución.
Al analizar el caso, la Corte concluyó que la cobertura ordenada previamente como una prestación hospitalaria implicaba el “financiamiento directo del fármaco”.
Por ello, estableció que exigir el pago previo y posterior reembolso se apartaba tanto de lo resuelto por la Superintendencia de Salud como del contrato de salud.
El fallo agregó que esa modalidad imponía una barrera adicional para acceder al tratamiento y resultaba arbitraria porque, cualquiera fuera el mecanismo utilizado, el costo finalmente debía ser asumido por la isapre.
Finalmente, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió el recurso y ordenó eliminar el copago previo y el posterior reembolso.
La isapre deberá entregar materialmente Fasenra a la paciente y financiar directamente su costo. La sentencia fue redactada por el ministro Moisés Montiel Torres.