martes 20 de octubre de 2026
Judicial

Contrató retroexcavadora e hizo canal de desagüe que bloqueó acceso a vecino: Corte ordenó eliminarlo en 30 días

La Corte de Apelaciones de Talca ordenó deshacer en 30 días un canal construido sobre un camino vecinal que impedía el acceso a un predio.

20 de octubre de 2026 - 17:00

Un agricultor quedó con dificultades para entrar y salir de su predio en Retiro luego de que el dueño de la parcela vecina contratara una retroexcavadora y construyera un canal de desagüe sobre el camino vecinal que utilizaba como acceso. La Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso presentado por el afectado y ordenó deshacer las obras.

Según se puede apreciar en el fallo judicial, el conflicto se produjo entre dos propiedades del Proyecto de Parcelación Santa Teresa, separadas por un camino vecinal que existe desde la época de la Reforma Agraria.

Según el recurso, el 30 de septiembre el vecino intervino esta vía con una retroexcavadora para construir allí un canal que anteriormente pasaba por el interior de su propia parcela.

El afectado sostuvo que el trabajo bloqueó su conexión con el camino público Santa Teresa-Retiro. Aunque su terreno cuenta con otro acceso por el poniente, explicó que ese sector se inunda durante el invierno, por lo que la vía intervenida constituye entonces su única alternativa para entrar y salir.

Además, señaló que debido a su avanzada edad y problemas de salud necesita desplazarse en vehículo para asistir a controles médicos y mantener disponible el acceso para una eventual ambulancia. Cuando solicitó al vecino eliminar el canal, este se negó argumentando que era dueño de los terrenos colindantes al camino.

La existencia de la vía y de las obras fue respaldada por planos y una inspección notarial. El acta estableció que el canal ocupa gran parte del camino, tiene un trazado aproximado de 300 metros, 60 centímetros de ancho y un metro de profundidad, dificultando el ingreso al predio.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

La Corte calificó la intervención como una acción que “altera el estatu-quo existente desde hace años” y sostuvo que correspondía a una forma de autotutela, pues modificó unilateralmente el uso y trazado del camino vecinal.

Por ello, acogió el recurso y ordenó al responsable realizar, dentro de los 30 días siguientes a que la sentencia quede firme, las obras necesarias para deshacer completamente el canal y restablecer el camino, permitiendo nuevamente el libre tránsito hacia y desde la propiedad.

La resolución fue redactada por el abogado integrante Hugo Escobar Alruiz. La ministra Ingrid Castillo Fuenzalida concurrió a la vista y acuerdo de la causa, aunque no firmó por encontrarse con permiso.

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