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Fraudes bancarios suben 30% y crecen los juicios: Qué determina si gana el cliente o el banco en tribunales chilenos
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Fraudes bancarios suben 30% y crecen los juicios: Qué determina si gana el cliente o el banco en tribunales chilenos

Por: Horacio Gutiérrez Areyte | 10.06.2025
Con un alza del 30 % en fraudes digitales desde 2023, los tribunales han debido resolver cientos de casos entre usuarios y bancos. Revisa los fallos más recientes y la explicación sobre en qué situaciones gana el cliente y cuándo la justicia respalda a la banca.

Los fraudes bancarios electrónicos en Chile han experimentado un crecimiento sostenido, impulsado por el aumento de ciberataques que afectan principalmente al sector financiero.

De acuerdo al informe Security Report 2025 de Check Point Software Technologies, los ciberataques a bancos en el país aumentaron un 30% respecto de 2023.

Chile es, además, el segundo país más atacado de Sudamérica según el informe Cyber Threat Landscape de Trellix, con más de un millón de amenazas detectadas en los primeros meses de este año.

Los métodos más usados por los ciberdelincuentes incluyen ransomware, inyecciones SQL y la explotación de vulnerabilidades en APIs bancarias.

Estos ataques se han visto favorecidos por la digitalización acelerada del sector financiero y la creciente dependencia de servicios en la nube, lo que ha ampliado la superficie de ataque y expuesto vulnerabilidades tanto en aplicaciones web como en sistemas de autenticación.

Para responder a este panorama, los bancos han implementado medidas como autenticación multifactor, inteligencia artificial para la detección de amenazas y firewalls de última generación.

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Según Sebastián de la Fuente, gerente de producto de Ionix Latam, las instituciones también han reforzado campañas de educación hacia sus clientes, promoviendo buenas prácticas para evitar estafas, como no entregar datos personales ni claves por teléfono o por enlaces no verificados.

La colaboración entre entidades bancarias y organismos de seguridad ha sido otro eje central para mitigar riesgos, facilitando el intercambio de información sobre nuevas amenazas.

Sin embargo, la sofisticación creciente de los ataques y la falta de implementación de medidas robustas en algunos bancos siguen siendo obstáculos.

La resiliencia tecnológica es esencial para garantizar la estabilidad del sistema financiero”, advierte De la Fuente.

A medida que avanza la digitalización, los ciberdelincuentes perfeccionan sus métodos para vulnerar sistemas y filtrar datos sensibles, convirtiendo la protección de la infraestructura online en un desafío permanente.

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Tribunales y bancos: ¿Quién gana cuando hay fraude?

El aumento de fraudes electrónicos ha derivado en una mayor judicialización de los conflictos entre clientes y bancos.

Muchos usuarios acuden a los tribunales tras no recibir respuestas satisfactorias por parte de sus entidades financieras.

Estos casos suelen resolverse con base en la Ley N.º 20.009, que protege a los usuarios frente a transacciones no autorizadas, salvo que exista dolo o culpa grave del afectado.

El criterio de los tribunales suele girar en torno a la diligencia del cliente al momento de entregar sus datos, así como al cumplimiento del banco con sus propios protocolos de seguridad.

Cuando el banco no puede probar que el cliente actuó con culpa grave, los jueces tienden a fallar a favor del usuario.

Pero cuando se comprueba que la víctima facilitó el fraude por imprudencia evidente, los fallos suelen beneficiar a la institución financiera.

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Casos donde ganan los clientes: Falta de medidas del banco o negligencia en la respuesta

Uno de los casos más emblemáticos es el de un cliente del Banco Itaú que en 2020 intentó generar una clave para una tarjeta adicional y terminó siendo víctima de phishing.

Ingresó datos en una pantalla falsa que permitió el traspaso de $4.200.000 a otra cuenta. A pesar de notificar el fraude el mismo día, el banco no restituyó los fondos ni tomó medidas efectivas para investigar.

El tribunal acreditó que la transacción burló un límite de seguridad de $300.000 que el banco no respetó.

La Corte Suprema ratificó la condena a Itaú por no haber resguardado adecuadamente los fondos del cliente.

Otro caso involucra a una profesora de Coyhaique que recibió una llamada fraudulenta desde un número que simulaba ser de BancoEstado.

Le robaron $1.370.915, y pese a cumplir con todos los pasos exigidos por la Ley N.º 20.009, el banco rechazó su solicitud de restitución.

La Corte de Apelaciones de Coyhaique le dio la razón, señalando que la entidad actuó ilegalmente al no acreditar en juicio culpa grave de la usuaria.

Un tercer fallo condenó a Scotiabank por un caso de noviembre de 2019, donde a un usuario le sustrajeron $2.100.000 a través de múltiples transferencias y un avance en efectivo.

El banco desestimó el reclamo y culpó a un supuesto virus en el dispositivo del cliente. La Corte Suprema, sin embargo, concluyó que la entidad no cumplió su deber de protección y no logró demostrar responsabilidad exclusiva del usuario.

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Casos donde ganan los bancos: Cuando los errores del cliente son decisivos

También existen fallos donde los bancos logran revertir el abono realizado conforme a la Ley N.º 20.009.

Uno de ellos es el caso de un cliente del Banco Falabella, que en 2023 ingresó sus claves en un sitio fraudulento tras recibir un SMS engañoso.

La Corte de Apelaciones de Santiago determinó que actuó con “culpa grave” al no verificar la autenticidad del sitio, lo que habilitó al banco a exigir la restitución de los $1.085.990 defraudados.

Otro ejemplo es el de un joven que, tras salir a una discoteca, perdió el control de sus tarjetas y documentos.

Días después, detectó cargos por $1.264.000 que no reconocía. Aunque en primera instancia se le dio la razón, la Corte de Apelaciones revocó esa sentencia al considerar que se expuso voluntariamente a una situación de riesgo, calificando su conducta como gravemente negligente.

En un caso similar, una clienta que ingresó sus claves y digipass en un sitio falso fue inicialmente reembolsada por el Banco de Chile, pero luego demandada por la entidad.

La Corte de Apelaciones concluyó que ella facilitó el fraude y autorizó al banco a recuperar el dinero. El tribunal sostuvo que el actuar de la usuaria superó los márgenes de protección que establece la ley.

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Un escenario aún en disputa

La jurisprudencia en Chile está en evolución y los tribunales continúan afinando sus criterios sobre cómo aplicar la Ley N.º 20.009.

Lo que resulta evidente es que la balanza puede inclinarse hacia el cliente o hacia el banco según los detalles específicos de cada caso: si el usuario fue diligente, si el banco actuó con prontitud, si se siguieron los protocolos, entre otros factores.

Para los usuarios, el desafío es evitar caer en engaños cada vez más sofisticados. Para los bancos, la tarea es redoblar la seguridad y no eludir responsabilidades.

Lo que está claro es que, en este nuevo entorno de amenazas digitales, la confianza —y la justicia— se juegan transacción a transacción.

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